La transversalización de las cuestiones relativas a la orientación sexual e identidad de género en situaciones de alto riesgo

AutorElena Peribáñez Blasco
Páginas87-112
Violencias por odioy discriminación contra el colectivo LGBTI+
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A la luz de los datos disponibles en los distintos órganos de
las Naciones Unidas, y tras publicarse los primeros informes
sobre las cuestiones SOGI, así como los documentos de la
Comisión Internacional de Juristas sobre Orientación Sexual e
Identidad de Género en el Derecho Internacional de los Derechos
Humanos
143
, entre otros, se produce una actuación
excepcional y sin precedentes. En septiembre de 2015, doce
entidades de las Naciones Unidas harán una
Declaración Conjunta para que los Estados tomen
medidas urgentes para poner fin a la violencia y a la
discriminación contra personas adultas, adolescentes y
menores que son LGBTI+
144
. Se trata no solo de un
llamamiento a la acción, también es la muestra del grado de
compromiso coordinado de los organismos de las Naciones
Unidas para ayudar a los Estados en la implementación de
medidas en una cuestión transversal, como se aprecia por los
organismos implicados.
Todas las personas tienen el mismo derecho a no ser objeto de violencia,
persecución, discriminación y estigmatización. Las leyes internacionales en
materia de derechos humanos establecen obligaciones jurídicas para los
Estados a fin de garantizar que todas las personas, sin distinción alguna,
puedan gozar de tales derechos. Aunque acogemos con satisfacción el
143!Comisión Internacional de Juristas-CIJ. Orientación Sexual e
Identidad de Género en el Derecho Internacional de los Derechos
Humanos, las Referencias de la Jurisprudencia y la Doctrina del Sistema
de las Naciones Unidas de Derechos Humanos, 2010, cuarta edición
actualizada, disponible en: http://www.unhcr.org/refworld/
docid/4c627bd82.html.
144
OACNUDH, UNODC, UNFPA, ACNUR, OIT, OMS,
UNESCO, UNICEF, PNUD, ONU-SIDA, ONU-Muje res, y PMA.
Disponible en: http://www.unwomen.org/es /news/stories/2015/10/
lgbt-joint-statement.
Elena Peribáñez Blasco
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aumento de medidas que se aplican en muchos países para proteger los
derechos de las personas LGBTI, nos sigue preocupando de sobremanera
que, por todo el mundo,
millones de personas LGBTI
, las que son
percibidas como LGBTI y sus f amilias sean víctimas de violaciones
generalizadas de sus derechos humanos. Esta situación es alarmante - y es
por ello que deben tomarse medidas al respecto El hecho de
no respetar
los derechos humanos de las personas LGBTI y de no
protegerlas de abusos
, como la violencia y las leyes y prácticas
discriminatorias, supone una
grave violación de las normas
internacionales en materia de derechos humanos
y tiene un
impacto significativo sobre la sociedad.
Abordaremos parte de ese impacto social al que hace
referencia la Declaración al hacer referencia al PNUD y a la
Agenda 2030. Este es uno de los ejemplos de
transversalización, de la estrategia que está adoptando
Naciones Unidas para convertir las preocupaciones sobre
estas violencias y discriminaciones de personas LGTBI+ en
una dimensión integral en el diseño, implementación,
seguimiento y evaluación de las acciones realizadas por los
distintos organismos y agencias de la ONU.
Esta declaración fue la manifestación pública inequívoca
de que este es un asunto institucional que abarca a todo el
sistema de Naciones Unidas. Durante el acto de presentación
de la declaración, el ex presidente de Botswana, Festos
Mogae, manifestó la paradoja que se produce en África
respecto de la lucha por el reconocimiento de los derechos
de las personas LGBTI+:
En África, uno de los ideales fundamentales por los que hemos
luchado es la no discriminación por motivos de color de la piel, género,
preferencias religiosas y otras creencias. Hemos defendido apasionadamente
este ideal […] irónicamente, la discriminación contra las personas LGBT
todavía se mantiene y se justifica en nuestros mismos pueblos y en nuestras
mismas leyes
145
.
145 http://www.ohchr.org/SP/NewsEvents/Pages/UNchiefonLGB
T rights.aspx.

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