Sentencia del Tribunal Supremo de 11 de enero de 2013 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Maria del Pilar Teso Gamella)

AutorDra. Aitana de la Varga Pastor
CargoProfesora Lectora de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d'Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Páginas70-72

Page 70

Fuente: ROJ: STS 56/2013

Temas Clave: Evaluación ambiental de planes y programas; evaluación ambiental estratégica; Directiva 2001/42/CE del parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente; Ley 9/2006, de 28 de abril, de evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente; planeamiento territorial especial (aeródromo)

Resumen:

Esta sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por la representación de "El Sauquer, Asociación para la preservación del Territorio", contra la sentencia dictada por la Sala de lo contencioso-administrativo (Sección Tercera) del TSJ de Catalunya, de 30 de abril de 2010, sobre planeamiento territorial especial (aeródromo), concretamente el RCA que la Sala de Instancia resuelve se interpuso contra la Orden PTO/81/2007, de 28 de marzo, del Consejero de Política Territorial y Obras Públicas de la Generalitat de Catalunya que aprobó el "Pla Director de l’aeròdrom de Calaf-Sallavinera". La sentencia de Instancia de 30 de abril de 2010 desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la misma parte que interpone el recurso de casación.

Los dos motivos alegados en casación se fundamentan, el segundo, y resuelto en primer lugar, en la incongruencia omisiva, concretamente en la infracción de los artículos 218.1 y 2 de la LEC y 67 de la LJCA en relación con el artículo 24 de la Constitución. Este motivo es desestimado por el TS. El primer motivo, el cual es estimado por la Sala del Alto Tribunal, se formula al amparo del apartado d) del artículo 88.1 de la LJCA, y se denuncia la infracción de la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del consejo sobre evaluación del os efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente (artículos 4 y 13.3) y de la Ley 9/2006, de 28 de abril, de evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente (artículos 4, 7, 9 y D.T primera), en relación con el artículo 3.1 del Código Civil y 45 de la Constitución. El motivo se refiere a la falta de la previa y preceptiva evaluación estratégica ambiental en el procedimiento de elaboración del Plan impugnado en el proceso.

El TS discrepa de la interpretación que la Sala de Instancia hace de la Disposición Transitoria Primera de la Ley 9/2006, concretamente del apartado 2 y que le lleva a desestimar el RCA. A diferencia de la Sala de...

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