La solución de la cuestión jurídica: opinión y decisión jurídica

AutorÓscar Buenaga Ceballos
Páginas265-268

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La finalidad del razonamiento jurídico conduce a una distinción relevante derivada de la naturaleza del operador jurídico que lo emite. Así, si se trata de un teórico del Derecho o de un práctico sin capacidad decisoria, el razonamiento jurídico se contiene en lo que denominaremos una opinión jurídica (y que engloba los contenidos de las investigaciones científicas, informes jurídicos, asesoramientos e incluso los escritos o intervenciones procesales de las partes en un proceso). Si se trata de un razonamiento jurídico emitido por un operador jurídico con capacidad decisoria, lo denominaremos decisión jurídica189o acto decisional (y aquí se incluyen las resoluciones administrativas, los laudos arbitrales y las distintas resoluciones judiciales, entre las que destacan, evidentemente, las sentencias). Las opiniones de los legos en Derecho sobre una cuestión jurídica, podrán denominarse en sentido amplio "opinión jurídica", pero estrictamente no lo son (así, el debate común sobre si alguien tiene derecho a algo, sobre si es justo que algo sea así o no, etc.).

En general, el término "decisión" hace referencia a que el órgano competente puede decidir u optar entre varias soluciones al problema que se le plantea, lo que debe precisarse en el ámbito jurídico, pues no se trata estrictamente de que el órgano decisor adopte o elija una decisión jurídica sin más, sino que la decisión jurídica constituye más exactamente una conclusión jurídica a la que se llega tras una actividad de razonamiento normativo. Es un proceso similar al de la lógica formal, sólo que en el ámbito jurídico el paso de las premisas a la conclusión a través de las inferencias se transforma en un razonamiento con normas aplicado a una realidad fáctica delimitada, razonamiento que lleva al órgano decisor a la

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adopción de una decisión. Esta decisión no es libre o valorativamente adoptada sino que debe estar justificada racionalmente por el previo razonamiento jurídico, y en tal sentido es una conclusión jurídica. De este modo, la decisión jurídica es una conclusión adoptada por un órgano jurídico racionalmente justificada con argumentos normativos.

La decisión jurídica es así una conclusión jurídica, lo que la aleja de su consideración de un acto arbitrario de la voluntad del órgano decisor. Ciertamente, la conclusión jurídica consiste en que la decisión se ha adoptado siguiendo un razonamiento jurídicamente admisible, pero una característica fundamental de la...

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