Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de enero de 2017 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Rafael Fernández Valverde)

AutorJosé Antonio Ramos Medrano
CargoTécnico de Administración General. Ayuntamiento de Madrid
Páginas79-82
www.actualidadjuridicaambiental.com
79
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 16 de marzo de 2017
Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de enero de 2017 (Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Rafael Fernández Valverde)
Autor: José Antonio Ramos Medrano. Técnico de Administración General. Ayuntamiento
de Madrid
Fuente: ROJ: STS 270/2017 - ECLI: ES:TS:2017:270; Id Cendoj: 28079130052017100032
Temas Clave: Suelo rústico de protección natural. Acumulación de regímenes de
protección. Cinturón verde. Motivación y discrecionalidad del planeamiento urbanístico
Resumen:
La ciudad de Burgos tiene en uno de los márgenes del río Arlanzón una amplia zona
natural en la que se encuentran diversos parques y zonas naturales que, pese a su
integración en la ciudad, se han mantenido al margen del proceso urbanizador y son zonas
de esparcimiento de los vecinos y por ello cuentan con un gran aprecio social (paseo de la
Quinta, Fuente del prior, Cartuja de Miraflores y parque de Fuentes Blancas). Esta
situación se ha logrado mantener, entre otras razones, por un régimen estricto de control
de usos que se inició con las Ordenanzas Municipales del año 1966 y se ha ido
incrementando en los sucesivos planes generales de los años 1992, 1999 y en el último plan
del año 2014.
De esta forma, existe un perímetro de protección de la cartuja de Miraflores delimitado por
una radio de 1 kilómetro medido desde el interior de la Cartuja, para proteger este entorno
cultural y natural, entorno calificado como suelo rústico en el que concurren varios
regímenes de protección (suelo rustico natural, forestal, agropecuario y cultural) además de
formar parte del cinturón verde de Burgos. Indudablemente, no todos los terrenos
incluidos en esta circunferencia tienen el mismo valor, pero todos ellos forman parte del
mismo entorno protegido.
Precisamente tras la aprobación del último plan del año 2014 unos propietarios de terrenos
situados en el ámbito del entorno de protección de la Cartuja de Miraflores, y que
formaban parte también del cinturón verde de Burgos, interpusieron recursos contra la
regulación del entorno de la Cartuja al considerar que sus terrenos no tenían unos valores
especiales objeto de protección y se hallaban a más de 500 metros de la Cartuja. Además,
estaban próximos a unas edificaciones que, según ellos, debían ser reconocidas como parte
del suelo urbano de la ciudad.
Desestimada esta petición por el TSJ de Castilla y León, el Tribunal Supremo, en una
extensa sentencia de 38 folios, confirma la decisión del tribunal de instancia, al considerar
que si bien es cierto que no coinciden los intereses generales de la ciudad con los
particulares de los propietarios del suelo, corresponde a la administración, a través del
planeamiento municipal, establecer el modelo de ciudad que desean sus vecinos. El hecho
de que concurran varios regímenes de protección está previsto expresamente en la propia
legislación urbanística de Castilla y León. En el plan consta motivada la justificación de esta

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