Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de abril de 2015, Ponente: César Tolosa Tribiño

AutorJosé Antonio Ramos Medrano
CargoTécnico de Administración General. Ayuntamiento de Madrid
Páginas62-64
Recopilación mensual n. 46, Mayo 2015
62
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 21 de mayo de 2015
Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de abril de 2015, Ponente: César Tolosa
Tribiño
Autor: José Antonio Ramos Medrano. Técnico de Administración General. Ayuntamiento
de Madrid
Fuente: STS 1524/2015 - ECLI:ES:TS:2015:1524
Temas Clave: Crecimiento injustificado en el planeamiento urbanístico; Clasificación de
suelo urbanizable; Desarrollo sostenible
Resumen: Mucientes es un pequeño municipio de 750 habitantes situado a tan solo 13
kilómetros de Valladolid que en el año 2009 aprobó las Normas Urbanísticas Municipales
que preveían la construcción de 6.781 nuevas viviendas y eso que durante la fase de
elaboración de estas normas se bajó mucho el número de viviendas inicialmente previstas.
El problema no era solo la previsión de este pequeño municipio sino que todo el entorno
metropolitano de Valladolid se sumó a la realidad ficticia de apostar por un crecimiento
desorbitado en los últimos años anteriores al estallido de la burbuja inmobiliaria con unas
previsiones de crecimiento fuera de toda lógica lo que motivó que una asociación ecologista
fuera impugnando todos estos planes que carecían de una justificación real en las
previsiones de crecimiento urbano. Baste recordar que en el plan general de Valladolid se
preveían 15 Áreas Homogéneas con un total de 240.000 nuevas viviendas, cuando en el
año 2008 se concedieron licencias para 1.919 nuevas viviendas número que se redujo a 506
en el año 2009 hasta llegar a tan sólo 130 en el 2013, lo que demuestra la irracionalidad de
las previsiones del plan.
Otros muchos municipios próximos a Valladolid, como es el caso de Mucientes, también
optaron por apostar por un crecimiento urbano sin que hayan podido motivar y explicar las
razones reales por las que necesitaban contar con un número tan elevado de viviendas y
pasar, en el caso concreto de Mucientes, de una población inicial de 750 habitantes hasta
los 20.000 habitantes
La legislación estatal, con la Ley del Suelo del año 2007, vino a poner límite a esta forma de
planificar poniendo precisamente en valor al suelo no urbanizable y exigiendo que se
justifiquen las razones y necesidades reales que motivan la necesidad de prever su
transformación en suelo urbanizable y los tribunales se han puestos serios para que estas
justificaciones no sean meros argumentos retóricos o de palabras y frases tópicas incluidas
en las memorias justificativas sino que tienen que ser reales y concretas, ya que, como se
dice coloquialmente, el papel todo lo aguanta.
En el caso concreto de las Normas Urbanísticas de Mucientes, a pesar de que fueron
aprobadas por la Comisión Territorial de Urbanismo de Valladolid, ni el Tribunal Superior
de Justicia de Castilla y León ni ahora el Tribunal Supremo han apreciado que se haya
justificado la existencia real de esta necesidad de disponer de un número tan elevado de
viviendas, dada las características concretas de este pequeño municipio vallisoletano, por lo
que han anulado esta previsión de crecimiento urbano y eso que, al anularse, siguen en

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR