La sentencia judicial como paradigma del razonamiento jurídico-práctico

AutorÓscar Buenaga Ceballos
Páginas197-199

Page 197

El paradigma más completo -y complejo- de la aplicación del Derecho al caso concreto es, sin duda, la sentencia judicial. Al fin y al cabo, cualquier operador jurídico que aplica el Derecho para resolver un caso concreto está realizando una actuación similar a lo que constituye en esencia una sentencia. Así, el planteamiento de una demanda, de una contestación a la demanda, de una querella, de conclusiones en el acto de juicio, un informe jurídico o los supuestos en los que un funcionario público dicta una resolución administrativa, presentan una estructura básica muy similar al contenido de una sentencia. De este modo, el estudio de cómo se produce la aplicación del Derecho en la emisión de una sentencia constituye el análisis más completo de la aplicación de las normas jurídicas, del Derecho en movimiento, y en definitiva, del propio Derecho.

Por ello, uno de los primeros datos empíricos que pueden obtenerse para el análisis de la metodología del razonamiento jurídico-práctico es observar la forma que revisten los escritos que contienen dicho razonamiento. Así, puede verse que el Ordenamiento jurídico indica que las sentencias o autos serán motivados, pero también los actos administrativos (art. 54 de la LRJAP 30/1992), y que esta motivación se estructura siempre en hechos, fundamentos de Derecho y fallo o resolución. Estos son los escritos que contienen decisiones jurídicas, pero si atendemos a las demandas, contestaciones a la demanda o querellas penales, podemos ver que esta estructura se repite: se exponen unos hechos (una versión de los mismos), es decir, se relata el caso, unos fundamentos jurídicos, y una petición o suplico de fallo o resolución favorable a los intereses que se defienden. En las denuncias no se exige esta estructura, porque las denuncias las puede hacer una persona sin conocimientos jurídicos (precisamente esta cuestión nos pondrá sobre la pista de una cuestión muy importante: la diferencia que existe entre la redacción de los hechos por un jurista y alguien que no lo es. La redacción de los hechos por un particular sin conocimientos jurídicos es pura; la del jurista aparece con frecuencia "adulterada" porque intercala los hechos con conceptos jurídicos, infiuyendo éstos sobre la determinación de aquéllos).

La sentencia judicial es, pues, la experiencia jurídica por antonomasia, y además, como se ha apuntado, la más compleja, por cuanto concurren elementos adicionales en la aplicación del Derecho, cuales...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR