La sentencia judicial

AutorAlejandro Alberto Fiorenza
Páginas349-375
349EN TORNO AL PROCESO
SUMARIO 1. INTRO DUCCIÓN. 2. EL PROCESO COMO ANTESALA. 3. LA SENTENCIA. 3.1. NO-
CIÓN. 3.2. UN ACTO JURÍDICO JUDICIAL. 3.3. UN ACTO VOLITIVO. 3.4. LA OBJETIVIDAD JUDI-
CIAL. 3.5. U N SILOGISMO. 3.6. LA JUS TIFICACIÓN EXTERNA. 3.7. MOTIVACIÓN Y FUNDAMEN-
TACIÓN. 4. CONCLUSIÓN.
1. INTRODUCCIÓN
Si volvemos nuestros pasos sobre lo que analizáramos en el ca-
pítulo séptimo de la presente obra, concretamente a lo que dijéramos
en dicha oportunidad con relación a la diferencia que existe entre la
función judicial y la jurisdicción, el lector debería tener claro que esta
última se refiere a una de las posibles manifestaciones de aquella otra.
En lo que a nosotros ahora nos interesa, podría decirse llanamente que
la jurisdicción forma parte de la esencia misma de la función que les
fuera encomendada a los órganos judiciales del Estado1.
1 De ahí que ciertos autores caigan en la tentación de confundir una con otra.
Porque si bien existen diferencias entre ellas, también es evidente que coinciden
también en muchos otros aspectos. Sobre todo cuando se tiene en cuenta que
la jurisdicción constituye la esencia, si se quiere, de la actividad judicial. En tal
sentido se ha dicho, p. ej., que en términos generales, normalmente, la función
CAPÍTULO 11
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Lo anterior no supone en modo alguno afirmar –en paralelo– que
la función judicial se agote en la jurisdicción; por el contrario, incluye en
su contenido un variopinto número de actividades, entre las que se des-
taca la procesal. Para corroborar ello, basta con recordar que así como
no toda la función jurisdiccional se halla encomendada a los órganos del
Poder Judicial2, a la inversa, los órganos judiciales no siempre ejercen
actividad jurisdiccional, por ejemplo, cuando dictan reglamentaciones
judiciales o designan funcionarios o empleados3, además de la ya apun-
tada actividad procesal.
A tales efectos nos parece útil recurrir a la simple –pero no por ello
menos trascendente– observación de los concretos actos que conlleva la
función judicial, porque a partir de ella se puede verificar que la plena
coincidencia de la que algunos hablan4 en realidad falla y falta en un
doble sentido. Esto es así porque puede apreciarse, por un lado, la exis-
jurisdiccional coincide con la función judicial (COUTURE, Eduardo J., Funda-
mentos del derecho procesal civil, B de F, Buenos Aires, 2005, p. 26).
2 Es indiscutible que esa función la ejercen también numerosos organismos admi-
nistrativos y el propio órgano legislativo.
3 PALACIO, Lino E., Manual de derecho procesal civil, t. I, Abeledo Perrot, Buenos
Aires, 1986, p. 99.
4 Se dice, p. ej., que la función jurisdiccional se ejerce mediante los órganos crea-
dos para ese efecto, o sea los jueces, quienes por medio de la sentencia, previo
el conocimiento de los hechos, aplican el derecho al caso concreto que se les so-
mete (ALSINA, Hugo, Tratado teórico-práctico de derecho procesal civil y comercial,
t. I, Ediar, Buenos Aires, 1956, p. 25). También que la función judicial es la de
resolver conflictos de intereses en su calidad de tercero imparcial, los cuales sur-
gen por la no adecuación de la conducta de los sujetos a lo previsto en la norma
jurídica (ARAZI, Roland, Derecho procesal civil y comercial, t. I, Rubinzal-Culzoni,
Santa Fe, 1999, p. 26). Incluso se ha sostenido que la jurisdicción es, por man-
dato constitucional, una potestad que ejerce el Estado por medio de los jueces
(HUTCHINSON, Tomás, «Afianzar la justicia», RC D 278/2014).

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