Responsabilidad Patrimonial De Las Administraciones Publicas.

AutorJose Luis Gonzalez-Berenguer Urrutia

JESUS GONZALEZ PEREZ: Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas, Editorial Civitas, Madrid, 2000, 577 págs.

De nuevo un libro de GONZALEZ PEREZ que aclara las cosas, y pone a nuestro alcance doctrina y sobre todo jurisprudencia sobre ellas. Toca todos los problemas importantes que pueden aparecer en la materia estudiada. Y como entre ellos aparecen problemas referentes al urbanismo, voy a centrar en ellas la recensión presente.

Dos declaraciones generales: Una. Como tantas otras veces el tema se reguló antes en el mundo local (ese mundo al que el planteamiento autonómico intenta minimizar y si pudiera intentaría destruir) , que en el central. Y Dos. El proceso seguido por el instituto de la responsabilidad de los Entes públicos en España, ha pasado de hacer descansar aquella en los elementos "culpa y negligencia" tal como dijo el art. 1902 del C. c. , a una total objetivación (una vez más el extremismo hispano) , objetivación sólo limitada, y a duras penas, por la interrupción de la cadena de la causalidad (fuerza mayor y -aunque no siempre- caso fortuito) , así como a la posible existencia de culpa por parte del perjudicado (la célebre concurrencia) . Insiste en ello en las páginas 361 y siguientes, así como en las 382 y siguientes).

Comienza el libro por estudiar la responsabilidad civil derivada de actos legislativos, y entrando en nuestro mundo, el autor dice:

"La indemnización de los daños derivados de la alteración del planeamiento, al reducir el aprovechamiento del suelo o imponerle limitaciones singulares, se regula con carácter general en los artículos 41, 42 y 43, LRSV. Ahora bien, a veces estas limitaciones de las facultades dominicales se producen, no por los planes de ordenación urbana -a los que la jurisprudencia atribuye naturaleza normativa, pero de rango reglamentario-, sino por normas con rango de ley. La jurisprudencia ha tenido ocasión de pronunciarse especialmente con ocasión de limitaciones impuestas por leyes de la Comunidad Autónoma balear".

El capítulo siguiente habla de la responsabilidad surgida por el funcionamiento de la Administración de Justicia donde dice:

"Se ha reaccionado frente a la actitud de desaliento. En el voto particular de TOMAS Y VALIENTE a la STC 5/1985, de 23 de enero, afirmó:

"La frecuente tardanza excesiva del 'servicio de justicia' no puede reputarse como 'normal', pues lo normal es lo ajustado a la norma y no lo contrario a ella, aunque sea lo más frecuente, y en segundo término porque si continuase in crescendo el tiempo y la generalización del incumplimiento en el rendimiento del servicio de justicia, y hubiera que tener como regla para medir el respeto a la violación del derecho a un proceso sin dilaciones indebidas ese mismo hecho anormal, pero general, ello equivaldría a dejar vacío de contenido esencial el derecho fundamental".

Siempre vale la pena recordar a TOMAS Y VALIENTE, los que le asesinaron (como los que han asesinado a ERNEST LLUCH) sabían muy bien lo que hacían.

A los lectores de esta Revista sin duda les interesará lo que el autor dice respecto al "perjudicado de los daños ecológicos" (págs. 179 a 183, e insiste en el tema en pág. 279) , pero mucho más les interesará lo que dice en las páginas 215 y siguientes sobre la responsabilidad civil en la contratación pública (el muy confuso artículo 97 Ley de Contratos) , o la responsabilidad concurrente entre Administraciones, fenómeno este tan frecuente en el urbanismo. A título de ejemplo paso a citar clasificándolas algunas de las sentencias referentes a urbanismo que GONZALEZ PEREZ aporta:

  1. Daños en general

    Sentencia de 14 de febrero de 1990 (Ar. 1313) , referente a daños sufridos con ocasión de las obras realizadas para la variación de la rasante de una avenida de un Municipio. Declaró responsabilidad al Ayuntamiento, aunque fuese el Ministerio de Obras Públicas el que había proyectado y aprobado las alienaciones y rasantes, aduciendo estos -discutibles en opinión de MUCHOZ MACHADO- argumentos: "No cabe descargar de responsabilidad al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR