Resoluciones, acuerdos y sentencias

AutorCMS Albiñana & Suárez de Lezo
Multa en el sector de las funerarias

Mediante resolución de 31 de enero, el TDC acordó imponer a PANASEF Patronal de Servicios Funerarios, una multa de Eu. 6.010,12 por "conducta muy grave y continuada" consistente en la negativa injustificada a colaborar con el Tribunal en la aportación de datos e informes que le fueron solicitados con ocasión de la elaboración del informe de la concentración Intur/Euro Stewart. El TDC señala que es un hecho indubitado que PANASEF ha sido requerida en varios momentos y por distintos cauces a colaborar con el Tribunal, no habiendo cumplimentado en modo alguno la información requerida.

Autorizada con condiciones la concentración Disa/ Shell Peninsular/Shell Atlántica

Mediante Acuerdo de 21 de enero, y siguiendo fielmente el dictamen emitido por el TDC el 20 de diciembre pasado, el Consejo de Ministros autorizó con condiciones la toma de control exclusivo de Shell Peninsular y Shell Atlántica por parte de Disa Corporación. Las condiciones acordadas por el Consejo de Ministros son: (i) durante un período inicial de 5 años no se podrá establecer la presencia cruzada de miembros del Consejo de Administración en los grupos Disa y Cepsa; (ii) Disa no podrá incrementar durante 5 años el número de estaciones de servicio de su red en Canarias; (iii) Disa tendrá que desarrollar una bandera propia para las estaciones de su red en Canarias, ajena a la bandera de Cepsa. Mientras tanto, se prohíbe que aumente el número de gasolineras de la red de Disa abanderadas por Cepsa; (iv) se dispone la vigilancia de los precios de venta al público en las estaciones de servicio de Disa por parte del SDC.

Aprobado el Código Regulador de la Publicidad del Colegio de Abogados de Madrid

Mediante sentencia de 22 de diciembre, el TS desestimó el recurso de casación interpuesto contra la sentencia de 10 de abril de 2001 del TSJ de Madrid que rechazó el recurso contencioso administrativo seguido contra el Código Regulador de la Publicidad del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Pese a que el recurso no cumple con los requisitos mínimos establecidos en la norma para su planteamiento y desarrollo, el TS se ciñe al objeto del recurso y señala que la publicidad deberá resultar respetuosa y verídica...

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