Resolución de 19 de mayo de 2006 (B.O.E. de 22 de junio de 2006)

AutorRedacción
Páginas348-350
Resolución de 19 de mayo de 2006, de la Direc-
ción General de los Registros y del Notariado, en
el recurso interpuesto por Centro Médico Mon-
forte Vaguada, S.A, contra la negativa del regis-
trador mercantil de Madrid número XVII, a ins-
cribir determinados acuerdos adoptados por la
Junta General de dicha sociedad.
En el recurso interpuesto por Don Francisco
Miguel Gil Jerez, como administrador solidario
de la sociedad «Centro Médico Monforte Vagua-
da, S.A», contra la negativa del Registrador Mer-
cantil de Madrid, titular del Registro número XVII,
don Alfonso Presa de la Cuesta, a inscribir deter-
minados acuerdos adoptados por la Junta General
de dicha sociedad.
Hechos
I
El 7 de junio de 2005 se celebró Junta Ge-
neral de la sociedad «Centro Médico Monforte
Vaguada, S.A.», en la que se adoptaron, entre
otros acuerdos, los relativos a determinada modi-
ficación de los estatutos sociales, todo ello según
consta en acta notarial de dicha Junta autorizada
por el Notario de Madrid don Javier de Lucas y
Cadenas.
En dicha acta consta que, al confeccionar la lis-
ta de asistentes presentes y representados, la Sra.
Presidenta manifiesta que no admite las acredita-
ciones que se presentan respecto de los socios cuya
representación se alega, salvo las que constan en
escritura pública, de modo que a aquéllos «les ten-
drá por no asistentes, por lo que se tendrá en cuen-
ta una vez se confeccione la lista de socios asis-
tentes». Asimismo, consta que se retiran cuatro per-
sonas; que en la lista de asistentes confeccionada
«consta que el capital presente asciende al 24,79%
del capital social y representado el 14,38%, lo que
hace un total de 39,17% del capital social»; que
«se declara válidamente constituida la Junta» sin
que haya oposición alguna «respecto de la lista de
asistentes y quórum de asistencia». Posteriormen-
te, el 21 de julio de 2001, se extiende en el acta no-
tarial diligencia de subsanación, con comparecen-
cia del administrador solidario, en la que éste
manifiesta que, realmente, el porcentaje de capital
presente y representado «no es el que se hizo cons-
tar por error involuntario en dicha lista sino el si-
guiente: «el capital presente representa un 51,252%
y representado un 16,457%, lo que hace un total
de 67,709%», y añade que «El error expresado es-
tuvo motivado porque mientras se confeccionaba
la lista de asistentes, como así se hace constar en
el acta, se ausentaron de la sesión antes del co-
mienzo de la misma, y una vez confeccionada la
lista de asistentes los cuatro socios indicados en la
propia diligencia que por la presente se subsana,
aunque bien es cierto que una vez ausentados el
porcentaje de capital presente es el de 24,79% y
representado un 16,457% y no el que se hizo cons-
tar de 14,38%, lo que hace un total presente y re-
presentado de 41,247%».
II
El 22 de julio de 2005 se presentó copia au-
torizada de dicha acta notarial en el Registro Mer-
Resolución de 19 de mayo de 2006
(B.O.E. de 22 de junio de 2006)
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