Reglamento de Ejecución (UE) núm. 707/2014 de la Comisión de 25 de junio de 2014 que modifica el Reglamento (CE) núm. 690/2008, por el que se reconocen determinadas zonas protegidas en la Comunidad expuestas a riesgos fitosanitarios específicos (DOUE L 186/56, de 26 de junio de 2014)

AutorDoctora Ana María Barrena Medina
CargoMiembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Páginas24-24
Recopilación mensual Septiembre 2014
24
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 17 de septiembre de 2014
Reglamento de Ejecución (UE) núm. 707/2014 de la Comisión de 25 de junio de
2014 que modifica el Reglamento (CE) núm. 690/2008, por el que se reconocen
determinadas zonas protegidas en la Comunidad expuestas a riesgos fitosanitarios
específicos (DOUE L 186/56, de 26 de junio de 2014)
Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de
Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Fitosanitarios; Riesgos Fitosanitarios
Resumen:
Por medio del Reglamento de 2008 concretos Estados o zonas de Estados miembros
fueron reconocidos como zonas protegidas con respecto a determinados organismos
nocivos. En algunos casos, dicho reconocimiento se concedió por un período de tiempo
limitado a fin de que los Estados miembros afectado pudieran presentar la información
completa necesaria para demostrar que el organismo nocivo en cuestión no estaba presente
en el Estado miembro o en la zona afectada o para completar los esfuerzos de erradicación
del mismo. Así, después de pasado ese tiempo y recibida la información facilitada por los
Estados se procede a la modificación del anexo del citado Reglamento, a fin de adaptar su
contenido a la situación actual de aquellas zonas. Así, por ejemplo, se incluye que ahora
Madeira no es reconocida como parte de la zona protegida de Portugal; y, entre otras, se no
continúan como reconocidas como parte de la zona protegida de España con respecto a
Erwinia amylovora las Comunidades de Aragón, Castilla-La Mancha, Murcia, Navarra y La
Rioja, la provincia de Guipúzcoa, las comarcas de L´Alt Vinalopó y el Vinalopó Mitjà, en la
provincia de Alicante, y los municipios de Alborache y Turís, en la provincia de Valencia.
Entrada en Vigor: al día siguiente al de su oficial publicación
Normas Afectadas: es modificado el anexo I del Reglamento (CE) núm. 690/2008
Documento adjunto:

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