Recensión a Pérez Vallejo, A. Mª. y Pérez Ferrer, F., Bullying, Ciberbullying y Acoso con elementos sexuales: Desde la prevención a la reparación del daño, Dykinson, S.L., Madrid, 2016

AutorAlba Paños Pérez
Páginas341-352

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La obra objeto de recensión se enmarca en el Proyecto I+D+I, del Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad: Análisis jurídico y cuantitativo de la violencia en la infancia y adolescencia: propuestas de intervención socio-legal (DER2014-58084), cuyo investigador principal es Ana María Pérez Vallejo, y en el Proyecto de Investigación Variables para una moderna política criminal, superadora de la contradicción expansionista/reduccionista de la pena de prisión (DER 2012-35860), cuyo investigador principal es Lorenzo Morillas Cueva; contando ambos proyectos con la Prof. Fátima Pérez Ferrer como investigador colaborador.

El libro que tengo entre mis manos, publicado por la editorial Dykinson, en su colección “Monografías de Derecho Penal”, es resultado del fructífero esfuerzo llevado a cabo durante los últimos años por las autoras Pérez Vallejo y Pérez Ferrer, respaldadas por el equipo de profesores e investigadores de distintas universidades españolas que conforman los Proyectos de Investigación de los que son parte, que han dedicado su tiempo y su actividad científica al análisis, estudio y valoración de un tema de hondo calado social e indudable trascendencia jurídica como es el acoso escolar.

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El lector que se sumerja en esta obra puede apreciar ab initio, desde una perspectiva multidisciplinar, la exhaustividad y el exquisito rigor que contienen sus más de doscientas páginas. Junto a la virtud de la oportunidad y el acierto en la elección del tema, de máxima actualidad por la creciente preocupación social al respecto, la cobertura y difusión por parte de los medios de comunicación y las últimas reformas legislativas en la materia; esta monografía presenta la peculiaridad de que el tema plan-teado se aborda desde dos disciplinas distintas, indisolubles en este caso, el Derecho Penal y el Derecho Civil, convirtiéndose en un instrumento imprescindible para aquéllos que quieran profundizar sobre la materia.

Realizar la recensión de un libro de estas características es ardua tarea; sin embargo, cuando la obra en cuestión recoge un estudio completo de los planteamientos más actuales sobre la materia, aportando suficientes elementos de juicio e ilustrada con los casos jurisprudenciales de mayor relevancia hasta la fecha de su publicación, el camino se facilita considerablemente. Y es que, con total seguridad, la mejor recensión que se puede hacer de este trabajo es invitar a todo aquel que pretenda reflexionar sobre este tema a que se haga con él y compruebe la certeza de la afirmación realizada; sin duda, le auguro una hacedera lectura gracias a la habilidad de las autoras. Me atrevería a afirmar, sin género de duda, que el rigor y las transversalidad de la investigación realizada hace que ésta sea una obra de referencia y de gran utilidad para los estudiosos y profesionales que deseen profundizar en este ámbito del Derecho Penal y del Derecho Civil.

Baste leer la introducción, de apenas dos páginas, para tomar consciencia de la dimensión que actualmente alcanza del fenómeno del acoso escolar (bullying, acuñado de la extendida terminología anglosajona), una lacra de la sociedad en general y de los Centros educativos en particular, cuya manifestación más gravosa, conductas de acoso y violencia interpersonal, implica exclusión social, intimidación y maltrato infantil. No obstante esta actual preocupación social, académica e institucional por dicho fenómeno, el bullying se ha caracterizado hasta hace muy poco por permanecer oculto.

Así, se ha considerado tradicionalmente algo inevitable y consustancial a las relaciones entre menores (dentro y fuera de los centros educativos), que se toleraba banalizándolo con la socorrida expresión “son cosas de niños”, bajo la creencia de que se trataba de un problema estrictamente privado que debía ser solventado entre iguales, ajeno por supuesto al ámbito de intervención del sistema legal. Esta tradicional aceptación del acoso escolar, cuando no su negación, han contribuido a que disfrutase

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de una total impunidad. En este contexto, tal y como ponen de manifiesto las autoras desde el comienzo del estudio, el silencio de las víctimas y los testigos, incluso de los propios centros escolares, ha fomentado el desconocimiento y la minimización del problema.

Hoy día está asumido que el acoso escolar es una realidad presente en la vida de menores y adolescentes, con el agravante de que los medios y tecnologías de la información y comunicación (TICs) pueden ampliar sus efectos devastadores (ciberbullying). Y es que la relación entre las TICs y los menores es cada vez más compleja; considerando los riesgos que comportan actualmente las nuevas tecnologías en las telecomunicaciones y los nuevos medios de difusión, como las redes sociales o los servicios de mensajería instantánea a través de la telefonía móvil, para los menores de edad. Baste aportar el dato de que, a día de hoy, uno de cada cuatro casos de acoso ya se producen vía redes sociales o teléfono móvil; medios que extienden el acoso a las víctimas a entornos ajenos al escolar, las 24 horas del día. El riesgo crece con el avance de la sociedad de la información y las tecnologías y, en este entorno, caracterizado por la inmediatez, la rapidez y la amplia difusión de dichos contenidos, se facilita el ataque a los derechos fundamentales de los usuarios más vulnerables, los menores de edad.

Por otra parte, las redes sociales han invadido nuestra vida y entrañan unos peligros jurídicos que se incrementan alarmantemente respecto a los menores, los cuales se familiarizan con un uso desinhibido e irresponsable de las mismas a edades cada vez más tempranas. No es de extra-ñar que, en este contexto, se haya acuñado el término “nativos digitales” para aquéllos menores de entre 3 y 11 años que han nacido y desarrollan su personalidad familiarizados de forma natural con un entorno digital. Según la Comisión Europea, 50% de los menores de 12 años tiene perfil en las redes sociales y la edad de comienzo a navegar por Internet es de 7 años; desde entonces, su uso se va incrementando progresivamente. Si ha esto le sumamos la poca vigilancia por parte de los progenitores, ingenuos o desconocedores de una realidad amenazante, puede apreciarse el creciente uso de las redes sociales para ejercer acoso o violencia entre iguales.

A mayor abundamiento, los medios de comunicación muestran un reciente interés por este fenómeno y se hacen eco a diario de noticias relacionadas con el mismo, a raíz de los últimos casos desgraciadamente más mediáticos. De hecho, hace unos meses protagonizó un debate de opinión pública un programa que la cadena Cuatro tenía previsto emitir a finales del pasado mes de junio, Proyecto Bullying, pero que finalmente

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fue paralizado a instancia de las Fiscalías de Menores correspondientes, por considerar que perjudicaba el interés superior de los menores que aparecían en el mismo (por ser éstos perfectamente identificables). Dicho programa abordaba el tema del acoso escolar, recogiendo testimonios tanto de menores protagonistas del acoso como de personas afectadas de su entorno, con la intención de denunciar y concienciar a la sociedad sobre este problema.

Por lo que se refiere a la estructura formal de...

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