Real Decreto 599/2016, de 5 de diciembre, por el que se regula la licencia de uso de la marca 'Reservas de la Biosfera Españolas'

AutorEva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas49-50
www.actualidadjuridicaambiental.com
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Real Decreto 599/2016, de 5 de diciembre, por el que se regula la licencia de uso de
la marca “Reservas de la Biosfera Españolas”
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro
Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 313, de 28 de diciembre de 2016
Temas Clave: Reservas de la Biosfera; Marca; Licencia de uso; Organismo Autónomo
Parques Nacionales; Productos y servicios
Resumen:
El Programa MaB «Persona y Biosfera» de la UNESCO es un instrumento para formular
criterios y ejemplificar un nuevo modelo de relación del ser humano con la naturaleza. Un
ejemplo particular de los objetivos establecidos en este Programa son las reservas de la
biosfera, espacios singulares reconocidos por la UNESCO como áreas de referencia donde
llevar a la práctica una nueva manera de relación del hombre con la naturaleza. La Red de
Reservas de la Biosfera Españolas constituye un subconjunto definido de la Red Mundial
de Reservas de la Biosfera. Su regulación, caracterización y potenciación se basa en el
hecho de que constituyen un modelo de gestión integrada, participativa y sostenible del
patrimonio y de los recursos naturales.
En el marco de la Línea de Acción Estratégica C.7 de la Estrategia del Programa MaB de la
UNESCO (2015-2025), aprobada por la 38ª Conferencia General de la UNESCO,
celebrada en París el 17 de septiembre de 2015, reconoce la marca mundial «Reserva de la
Biosfera», pero con un carácter complementario a la marca local, como sería la de
«Reservas de la Biosfera Españolas». Puede, pues, regularse una marca nacional porque el
término «locales» referido a las marcas complementadas a la internacional, dado que se trata
de un acto de derecho internacional, debe entenderse tanto a las estrictamente locales,
desde la perspectiva del derecho interno, como las marcas autonómicas y estatales.
El presente real decreto establece las normas y requisitos para la concesión, mantenimiento
y extinción de la licencia de uso de la marca «Reservas de la Biosfera Españolas». El
Organismo Autónomo Parques Nacionales es el titular de la marca «Reservas de la Biosfera
Españolas», en virtud de su inscripción en la Oficina Española de Patentes y Marcas. La
licencia emitida en aplicación del presente reglamento recibe el nombre de licencia del
Organismo Autónomo Parques Nacionales de producto o servicio para el uso de la marca
«Reservas de la Biosfera Españolas». La licencia de uso se concederá a un producto o
servicio determinado en la licencia, no constituyendo una certificación de los servicios que
pudieran estar relacionados con el producto objeto de la certificación ni de los productos
que pudieran estar relacionados con el servicio objeto de la certificación. La marca
«Reservas de la Biosfera Españolas» solo podrá asociarse a cualquier otro tipo de marca
comercial en los términos previstos en el artículo 19.
Se determinan las categorías, productos y servicios bajo la protección de la marca, así
como los requisitos que debe cumplir la propia Reserva de la Biosfera para que los
productos producidos o servicios prestados dentro de su Reserva cuenten con el distintivo
de la marca. Por otra parte, se regula el proceso de autorización, que incluye la solicitud y

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