Propuestas de reforma

AutorJorge Sarró Riu
Páginas179-183

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Dado que, a nivel constitucional, no existe un confl icto jurídico entre el deber de colaborar y las garantías frente a la autoincriminación y de que la normativa vigente es compatible con el respeto de los derechos a no autoincriminarse en el ámbito de los procedimientos tributarios de inspección y sancionadores, la garantía efectiva del citado derecho no requiere de reformas sustantivas en la regulación de los procedimientos tributarios.

Ello no obstante, la generalización de la tramitación abreviada de los procedimientos sancionadores y el antecedente del procedimiento mixto existente hasta 1998, así como la realidad práctica de la instrucción de los delitos fiscales por la Inspección de hacienda, hacen recomendable la adopción de medidas de distinta naturaleza tendentes a reforzar la consciencia que tanto la propia Administración tributaria como el contribuyente deben tener de la presencia del derecho a no autoinculparse. Dicho en otros términos, puesto que a nivel teórico los derechos a no autoincriminarse y el deber de colaborar no colisionan y dado que la tensión entre los mismos deriva de la realidad práctica de los procedimientos tributarios, resulta aconsejable la propuesta de medidas correctoras que incidan sobre este último aspecto.

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a) Medidas normativas

La principal reforma que se propone pasa por dar nueva redacción al artículo 210 LGT dedicado a la instrucción del procedimiento sancionador. La modifi cación que se propone trataría de matizar el automatismo que en la actual redacción parece deducirse en la incorporación al procedimiento sancionador de las pruebas obtenidas en el curso del correspondiente procedimiento de aplicación de los tributos, en nuestro caso, el procedimiento inspector. La nueva redacción del artículo 210.2 LGT debería establecer expresamente que dicha incorporación de pruebas no debe incluir las declaraciones que no se ajusten a los derechos a no declarar contra uno mismo y a no confesarse culpable recogidos en el artículo 24.2 CE.

b) Medidas referidas a la instrucción penal de los delitos fiscales

Dado que las dudas sobre la plena efi cacia de los derechos a no autoincriminarse en el ámbito de los delitos contra la Hacienda Pública obedece a que la...

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