Prólogo

AutorJulio C. Fuentes Gómez
Cargo del AutorSubdirector General de Política Legislativa
Páginas11-12

Page 11

Escribir un prólogo para un libro que tiene su origen en el curso de FUNDIECO que llevó por título "el procedimiento concursal en toda su dimensión" no es tarea sencilla. Menos cuando se comprueba el nivel de los ponentes, que es simplemente impresionante.

Una obra como ésta debe ser, necesariamente, bienvenida por varias razones, de las cuales me limito a destacar dos. La primera por su contribución a la formación y al debate en un ámbito en el que ambas "dimensiones" son fundamentales para que los profesionales que son o aspiran a ser administradores concursales cuenten con las herramientas necesarias para la mejora y la puesta al día. La segunda por la importancia de aprender de unos de los principales protagonistas del mundo concursal, que son los Jueces de lo Mercantil, cuyas aportaciones a todos los niveles son esenciales.

Este libro nace, además, en tiempos de cambio legislativo en este ámbito concursal. Esta legislatura lleva ya tres cambios de especial relieve: el primero la incorporación de los acuerdos extrajudiciales de pagos y la aparición de la importante figura del mediador concursal por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

El segundo el Real Decreto-ley 4/2014, de 7 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial, que potencia el papel de los acuerdos de refinanciación, como instrumentos de viabilidad de las empresas. Y el tercero el Real Decreto-ley 11/2014, de 5 de septiembre, de medidas urgentes en materia concursal, que ha trasladado buena parte de las medidas de la norma anterior al propio proceso concursal.

Todas estas reformas han perseguido finalidades en buena parte compartidas por los especialistas en materia concursal, pero también es cierto que han ido acompañadas de incertidumbres -provocadas por la premura a la que ha obligado la necesidad de atender determinadas situaciones-, cuya resolución no está sólo al alcance del legislador, sino que es probable que, en buena parte, vayan siendo interpretadas y aplicadas de una manera razonable por los Jueces de lo Mercantil y por los profesionales...

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