Prólogo

AutorEsperanza Alcaín Martínez
Cargo del AutorProfesora de Derecho Civil

Una experiencia personal convence más que cien argumentos. Esta especie de paráfrasis del célebre tópico en materia de comunicación, me ha venido a las mientes al releer el libro que ahora prologo.

Cuando muy poco después de aprobarse la nueva Ley de Aguas le sugerí a Esperanza ALCAIN, que entonces estrenaba Beca de investigación, el tema de Tesis Doctoral, me encontraba aún influido por la polémica sociopo-lítica que se había suscitado con motivo de la elaboración de aquélla. Polémica que había ido más allá de las cuestiones de pura técnica legislativa (como hubiera justificado la antigüedad de la que se iba a sustituir), para incidir en otras de más calado ideológico. De cuál era mi actitud ante el tema, puede quedar una muestra en el propio título del trabajo, acorde con lo que pensaba debía ser la posición de un iusprivatista, de defensa ante todo de los derechos del titular y, por qué no, quizás influido por hechos de mi entorno próximo: como era propio de todas las que conocía, en la finca familiar de Huelma (Jaén) teníamos manantiales (cuatro en este caso), que de siempre allí habían corrido: el agua era, en el campo, un «producto natural», por espontáneo, de la tierra, con las consecuencias que de ello se derivaban para su titularidad.

Hoy, siete años después, las cosas han cambiado: el último de aquellos cuatro manantiales (modestísimos, cierto es, pero permanentes), se ha secado en estos días de diciembre cuando redacto estas consideraciones: el agua que podamos tener allí en el futuro (las perspectivas climáticas no dejan mucho margen al optimismo de la recuperación), no será espontánea, sino producto de sondeos. Y la diferencia con la anterior no es de simple forma de obtención: ahora se afectarán las reservas, lo que, dada la generalización del fenómeno, conlleva una trascendencia social en la que no es preciso insistir. Los propios hechos han legitimado, si es que cabía alguna duda, la intervención estatal en materia de aguas. Y me permito añadir que legitiman también (si es que ello fuera necesario) la imprescindible y rigurosa aplicación de los mecanismos de control previstos en la Ley.

Estas, y otras consecuencias, se derivan de la experiencia aludida, y muchas de ellas se toman en consideración, o encuentran su reflejo, en el estudio que se contiene en el libro que tiene en las manos el lector, que por algo dedica al asunto una buena parte del Capítulo primero; las consideraciones sobre «la utilización racional del agua y...

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