Prólogo

AutorÁngel Jorge Souto Alonso
Cargo del AutorSecretario General Técnico. Ministerio de Igualdad
Páginas7-8

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Sin duda, uno de los fenómenos más interesantes en la historia de la moderna Administración Pública en España tuvo lugar con la promulgación, en 1983, de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, posteriormente derogada y sustituida por la actual Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, a su vez modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril. Me refiero en concreto a lo que ha supuesto para el mundo del Derecho y de la Gestión Pública lo que se ha denominado con acierto, por la jurisprudencia, «cuarto modelo de Administración Pública», a sumar a los tres tradicionales de Administraciones Estatal, Autonómica y Local.

La Administración Pública de este «cuarto modelo» tiene una importancia que conocemos bien quienes hemos dedicado a la Universidad una parte importante de nuestra vida profesional como administradores y directivos públicos en la Dirección General de Universidades del Ministerio de Educación y Ciencia y en el efímero Ministerio de Universidades e Investigación. Desde el advenimiento de la democracia, la Universidad española no ha hecho sino crecer, cuantitativa y cualitativamente. En estos momentos existen cerca de cincuenta Universidades Públicas, con un número de alumnos superior a un millón quinientos mil, disponen de ciento tres mil plazas de profesorado y cuentan con noventa y dos mil dotaciones de personal de Administración y Servicios1.

A comienzos del siglo XXI se pueden entender conseguidas las tres condiciones que el ministro de Instrucción Pública de la II República, Fernando de los Ríos, conceptuaba como misiones básicas de la Universidad: la difusión de

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la cultura, la formación del profesorado y la creación de investigación científica. A ellas me parece justo y oportuno unir una cuarta, que es el desarrollo y aplicación de una gestión pública de calidad. En efecto, la Universidad actual no solo imparte docencia, forma profesionales, trasmite la cultura y realiza investigación sino que actúa como un servicio público gestor a través de la Administración universitaria. Es esta Administración la que elabora, aprueba, ejecuta y liquida los presupuestos, oferta servicios públicos, recauda sus precios y tasas, percibe subvenciones, paga nóminas, reconoce derechos y obligaciones, construye edificios, adquiere costoso material de investigación, se ocupa del mantenimiento de sus infraestructuras, elabora convenios con otras Instituciones y realiza una...

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