Reflexiones sobre la progresiva asimilación del espacio europeo de educación superior en la docencia del derecho financiero y tributario

AutorJosé Pedreira Menéndez/Marcos M. Pascual González
CargoProfesores Titular de Derecho Financiero y Tributario
Páginas80-128

Page 80

I Introducción

La función del profesor es transmitir conocimientos a los alumnos, y en nuestro caso las nociones esenciales y fundamentales de una asignatura compleja y con un alto grado de especialización, como es el Derecho Financiero y Tributario. No se trata de demostrar lo que uno sabe, sino de transmitírselo al alumno.

En los últimos años consideramos que la labor docente ha sido minusvalorada en la Universidad e incluso fuera de ella, para dar una mayor importancia a otras facetas como la investigación o la gestión. Sin embargo, no hemos de olvidar nunca que la docencia, junto a la investigación, es nuestra labor. El alumnado es nuestra razón de ser, por lo que ha de estar presente siempre en nuestro trabajo. Y creemos que Page 81 nuestra labor no se ha de limitar sólo a exponer el contenido de la materia.

Debemos transmitir conocimiento, pero también unos valores, como la seriedad y el rigor en el trabajo, que han de ser fundamentales en el posterior desarrollo profesional de los alumnos.

Hasta hace unos años la tónica general era encontrarse ante unas aulas masificadas donde el único método docente posible era la clase magistral, de la cual los alumnos obtenían unos apuntes clarificadores del contenido del manual que, desgraciadamente, en la mayoría de los casos se limitaban a memorizar para poder superar el examen. Muchas veces, estas clases masificadas conllevaban exámenes y pruebas que no permitían calibrar en su justa medida los conocimientos adquiridos por el alumno. Sin embargo, en los últimos años, en la Universidad de Oviedo, se nota un descenso del alumnado en las aulas que nos permite afrontar nuevos métodos docentes, por lo menos en las asignaturas optativas. La posibilidad de impartir docencia en grupos reducidos, donde es posible mantener un diálogo fluido profesor-alumno, nos permite utilizar métodos hasta hace muy pocos años inimaginables, como puede ser la evaluación continuada a lo largo del curso.

El sistema de evaluación continuada del alumnado, mediante, entre otras técnicas, la recogida y corrección de trabajos, casos prácticos, etc, que bien pueden ser realizados por ellos de manera individual o en grupos, es el que se preconiza con el proceso de convergencia o armonización del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES). La nueva metodología docente que de aquí trasciende va a implicar, tanto a profesores como alumnos, un esfuerzo de formación para enseñar y aprender según las nuevas orientaciones que este proceso supone. La nueva concepción de la formación académica centrada en el aprendizaje del alumnos, la introducción del crédito europeo como unidad de medida del tra- Page 82 bajo global realizado por el estudiante y la organización de los programas de las disciplinas en torno a las competencias genéricas y específicas, exigen una revisión radical de nuestras teorías y prácticas al uso y una planificación, realización y evaluación del proceso aprendizaje-enseñanza nuevos.

Asimismo, las nuevas tecnologías, y muy especialmente Internet, también plantean un nuevo marco de interrelación profesor-alumno al que el docente del siglo XXI no puede ser ajeno. No obstante, hemos de decir que no nos mostramos partidarios de ellas si se pretenden presentar como sustitutivas de las clases presenciales. Las herramientas de Internet tienen que servir para reforzar la comunicación entre profesores y alumnos, permitiéndoles acceder a nuevos planteamientos docentes y de obtención de información, pero nunca pueden sustituir la expresión personal y la comunicación oral, a nuestro juicio fundamentales en la preparación de un jurista.

A todo ello se debe añadir que la asignatura que impartimos está sometida a constantes cambios normativos, lo que convierte en inútil su aprendizaje a través de métodos memorísticos, tan habituales en las Facultades de Derecho, y tan faltos de todo sentido. Se debe enseñar al alumno a interpretar y manejar las normas tributarias desde los conceptos básicos de la disciplina. De ahí que la docencia deba ser esencialmente teórico-práctica, enseñando al alumno al manejo de las herramientas (normativas, jurisprudenciales, etc) que va a tener que utilizar en su vida profesional.

  1. Breves consideraciones sobre las actividades docentes e investigadora en el contexto universitario

Al profesor universitario se le exige, a diferencia de los docentes de otros niveles de enseñanza, que compagine la actividad docente con la investigadora. En este contexto, a Page 83 los profesores de Derecho se nos demanda que independientemente de nuestra labor como docentes hagamos investigación jurídica. Es lógico que así sea puesto que la enseñanza superior no debe estar enfocada a una simple transmisión de conocimientos, sino que debe despertar en el alumno la capacidad de pensar por sí mismo, incluso de plantearse soluciones distintas a las comúnmente aceptadas. Esto, en la mayoría de las ocasiones, sólo será posible si el profesor es capaz de transmitir sus inquietudes y sus líneas de investigación a los alumnos. Por otra parte, tampoco debe olvidarse que, al mismo tiempo, las clases también le sirven muchas veces al profesor para plantearse nuevas materias y enfoques desde los que abordar sus investigaciones.

Ahora bien, que ambas tareas resulten exigibles al profesorado universitario, no significa, como es sabido, que la realidad universitaria refleje de forma adecuada la importancia de ambas. La sociedad, desgraciadamente, muchas veces, no conoce y valora la labor investigadora que se lleva a cabo dentro de la Universidad y sólo se fija en su faceta docente1. Y, a la inversa, en demasiadas ocasiones desde dentro de la propia Universidad se olvida que su primigenia función es la docencia. Muchos profesores universitarios consideran que su labor docente es una carga. Como señala PEÑUELAS I REIXACH, se trata de "algo secundario, incluso como un contratiempo que, al alejarles de su principal responsabilidad, debería reducirse en la mayor medida posible"2. En Page 84 este sentido, es usual la expresión «carga docente» para aludir al número de créditos asignados a cada profesor durante un curso académico. Ahora bien, esta carga no se limita a las clases sino que también lleva aparejada una importante labor burocrática: juntas, comisiones, elaboraciones de planes, etc3. Por todo ello, y ante los problemas existentes para impartir la docencia como uno quisiera (masificación, baja formación jurídica previa de los alumnos para una materia tan especializada, etc.) es muy habitual que el profesor obtenga mayores satisfacciones personales de su labor investigadora que de la docente.

Ese abandono de la actividad docente incluso se fomenta por la propia institución universitaria. En este sentido, nos llama la atención que en la Universidad de Oviedo se haya establecido desde el curso 1999-2000 una «exención de docencia por actividad investigadora». Con ella se pretende una reducción porcentual de los créditos de docencia en Page 85 función de diversos factores relacionados con la tarea investigadora (número de tramos de investigación reconocidos, dirección de tesis doctorales y la presencia o dirección en proyectos de investigación nacionales y regionales). De este modo, cuanto más y mejor se investigue menos docencia se impartirá, privando así a los alumnos, muy probablemente, de muchos de los mejores profesores existentes en cada Departamento, que ven mucho más reconocida su labor investigadora y priorizaran ésta sobre la docente (exención de docencia, complementos retributivos, etc.).

No consideramos que esta sea la línea a seguir si se quiere incentivar una Universidad de calidad, con docentes de calidad. La Universidad no es sólo un centro de investigación, al contrario. A nuestro juicio, ambas facetas están íntimamente unidas y no pueden desgajarse como parece que se pretende, sino que, en todo caso, deberían reforzarse e interrelacionarse. Tal vez la estructura jerarquizada y con escasas posibilidades de promoción que presenta hoy en día la Universidad española es la que impulsa a los jóvenes profesores a centrarse más en la faceta investigadora que en la docente, puesto que sólo a través de la primera se logra el reconocimiento científico de la comunidad y se pueden alcanzar mejoras salariales. Desde luego, consideramos que la Universidad está tomando un camino equivocado, cada vez se preocupa menos de sus alumnos, que son el origen y la razón de ser de esta institución.

Hemos de reiterar, que no creemos que se pueda establecer una separación radical entre la faceta docente y la investigadora como parecen pretender algunos estamentos universitarios. Por todo ello, estamos totalmente de acuerdo con el profesor PALAO TABOADA en que la distinción entre docencia e investigación "es algo artificial, pues no es concebible una buena enseñanza, al menos a nivel superior, sin investigación. Lo cual no quiere decir que no haya magníficos Page 86 profesores cuya actividad investigadora es escasa y es conocida la figura del destacado investigador y mal pedagogo"4.

Estas últimas palabras nos tienen que hacer reflexionar sobre el sistema de provisión de las plazas de profesor titular o catedrático en la Universidad, donde no se exige ningún tipo de capacitación pedagógica. Mientras, sin embargo, ésta sí se exige en la faceta investigadora, al solicitar para acceder a las plazas el grado de doctor, que viene siendo considerada la máxima expresión de la capacidad investigadora de una persona, o bien la acreditación de investigación. Por todo ello, coincidimos con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR