Presentación

AutorAlma María Rodríguez Guitián
CargoProfesora Titular de Derecho Civil de la Universidad Autónoma de Madrid
Páginas15-21
Presentación 15
RJUAM, n.º 38, 2018-II, pp. 15-21ISSN: 1575-720-X
PRESENTACIÓN
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En 1986 De la Cámara señalaba que «hasta hace algunos años –no muchos– poner
en relación estos dos conceptos, autonomía de la voluntad y derecho de familia, hubiese
sonado a herejía jurídica. No sólo se consideraba que las normas reguladoras de las distintas
instituciones familiares tenían carácter imperativo –al menos en su mayor parte– sino que
incluso llegó a ponerse en duda si era posible encuadrar el derecho de familia dentro del
derecho privado». En la actualidad no solo cabe confi rmar las palabras anteriores, sino que
la autonomía de la voluntad en las relaciones familiares ha pasado a ser uno de los «temas
estrella», tanto para el legislador como para el jurista nacional e internacional.
A día de hoy no cabe la menor duda ya del espíritu de democratización y privatización
que han experimentado las relaciones familiares en los últimos años y la revolución que ello
ha supuesto en el concepto de familia; si bien algunos de estos cambios que inciden en la
esencia del Derecho de Familia tradicional no siempre han recibido una aceptación unánime
a nivel jurídico, político y social: divorcio sin separación previa o sin alegación de causa
legal justifi cativa, admisión del matrimonio entre personas del mismo sexo, regulación de
las parejas de hecho, pactos anticipados sobre los efectos económicos del divorcio, liación
derivada de las técnicas de reproducción asistida, cambio de sexo… Se ha apuntado, como
causa primaria de la primacía de la autonomía de la voluntad en este ámbito, el recono-
cimiento en los textos de carácter constitucional e internacional tanto de ciertos valores
esenciales (libertad, dignidad y libre desarrollo de la personalidad) como de los derechos
fundamentales de cada miembro de la familia en cuanto individuo. Tampoco puede obviarse
el impacto que, a nivel europeo, han tenido las decisiones del Tribunal Europeo de Dere-
chos Humanos y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El cambio del concepto de
familia respecto al existente en los códigos civiles decimonónicos viene acompañado, sin
duda, de ciertos factores socioeconómicos, siendo el principal la emancipación de la mujer
1 Profesora Titular de Derecho Civil de la Universidad Autónoma de Madrid. Directora del Proyecto
de Cooperación Interuniversitaria UAM-Santander con América Latina 2017-2018 “La libertad de
autodeterminación en las relaciones familiares y sus límites como desafío del Derecho de Familia del siglo
XXI en España y América Latina”.

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