Poderes anteriores al acuerdo de liquidación de una sociedad y juicio de suficiencia

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Una sociedad, en fase de liquidación, comparece para vender por medio de un apoderado con un poder otorgado con anterioridad al inicio de dicha fase, inscrito y vigente en el Registro Mercantil y juzgado suficiente por la notario autorizante.

El registrador entiende que el poder está extinguido, porque la representación de la sociedad la tienen ahora solo los liquidadores. Además exige trascripción de las facultades del poder para calificar la congruencia del juicio del notario.

Resuelve la DGRN que el poder está vigente, pues no hay apoyo legal para sostener la tesis del registrador de que el poder está extinguido por el mero hecho de entrar la sociedad en la fase de liquidación. Cuestión diferente, -en el plano teórico- es que el poder pudiera considerarse extinguido al...

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