Perspectiva del Derecho del medio ambiente y de las políticas ambientales de la Unión Europea (Primer semestre 2019)

AutorPol Pallàs Secall
Páginas1-39
REVISTA CATALANA DE DRET AMBIENTAL Vol. X Núm. 1 (2019): 1 39
-Crònica-
[DOI: http://dx.doi org/10.17345/rcda 2564]
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PERSPECTIVA DEL DERECHO DEL MEDIO AMBIENTE Y DE LAS
POLÍTICAS AMBIENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA
(PRIMER SEMESTRE 2019)
POL PALLÀS SECALL
Investigador predoctoral
Universitat de Barcelona
P. Pallàs Secall
RCDA Vol. X Núm. 1 (2019)
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Sumario: 1. Introducción. 2. Actos jurídicos en el ámbito de la política europea del medio
ambiente. 2.1. Actos legislativos. a) Reglamentos. b) Directivas. c) Decisiones. 2.2. Actos
delegados. a) Reglamentos delegados. b) Directivas delegadas. 2.3. Actos de ejecución. a)
Reglamentos de ejecución. b) Decisiones de ejecución. 2.4. Acuerdos internacionales y
posiciones en organismos internacionales. 3. Otras actividades y actos en el ámbito de la política
europea del medio ambiente. 3.1 Consultas públicas. 3.2. Resoluciones no legislativas del
Parlamento Europeo. 3.3. Informes y comunicaciones de la Comisión Europea. 3.4. Dictámenes
del Comité de las Regiones y del Comité Económico y Social Europeo. 4. Procedimientos de
infracción.
1. INTRODUCCIÓN
Esta crónica comprende el periodo que va del 1 de octubre de 2018 al 28 de
febrero de 2019. En ella se recoge toda la legislación de las instituciones de la
UE aprobada en este lapso de tiempo en materia medioambiental, incluyendo la
legislación contra el cambio climático, la protección de la biodiversidad, la
legislación sobre contaminantes o la política pesquera entre otros.
Hay que hacer especial mención a la aprobación de un paquete legislativo
constituido por un Reglamento centrado en la gobernanza de la Unión en materia
de energía y cambio climático y dos Directivas focalizadas en las energías
renovables y en la eficiencia energética. Estas normas se enmarcan en el
esfuerzo por cumplir los compromisos contraídos con el Acuerdo de París de
2015. De hecho, cabe destacar el gran número de actos legislativos de diferente
tipo sobre la contaminación atmosférica que se han aprobado durante este
periodo, y en especial los centrados en la reducción de las emisiones de CO2.
Por último, conviene señalar también la aprobación de varios actos legislativos y
actos preparatorios motivados por la perspectiva de la salida de Reino Unido de
la Unión.
2. ACTOS JURÍDICOS EN EL ÁMBITO DE LA POLÍTICA EUROPEA DEL
MEDIO AMBIENTE
2.1. Actos legislativos
A) Reglamentos
Como anunciábamos en la introducción, de todos los reglamentos aprobados
durante el periodo analizado destaca el Reglamento (UE) 2018/1999 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, sobre la
RCDA Vol. X Núm. 1 (2019) Derecho y políticas ambientales en la Unión Europea
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gobernanza de la Unión de la Energía y de la Acción por el Clima, y por el que
se modifican los Reglamentos (CE) n.° 663/2009 y (CE) n.° 715/2009 del
Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 94/22/CE, 98/70/CE,
Parlamento Europeo y del Consejo y las Directivas 2009/119/CE y (UE) 2015/652
del Consejo, y se deroga el Reglamento (UE) n.° 525/2013 del Parlamento
Europeo y del Consejo. Dando cumplimiento a varias de las propuestas
contenidas en el paquete de medidas Energía limpia para todos los europeos
propuestas por la Comisión en 2016, este Reglamento renueva el mercado
europeo de la energía junto a dos directivas que comentaremos posteriormente,
la Directiva (UE) 2018/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de
diciembre de 2018 y la Directiva (UE) 2018/2002 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 11 de diciembre de 2018.
El elemento de referencia para la reforma de la gobernanza de la energía y de la
acción por el clima para las que sienta las bases este Reglamento, es el Acuerdo
de París de 2015. En línea con el cumplimiento de los objetivos del Acuerdo, el
reglamento de la UE articula los Planes Nacionales de Energía y Clima en cinco
dimensiones: descarbonización, eficiencia energética, seguridad energética,
mercado interior de la energía y I+I+C. El presente Reglamento obliga a los
Estados miembros a incluir los objetivos comunitarios en materia de energía y
acción climática en unos planes nacionales integrados de energía y clima, pues
entiende que requiere una acción combinada de los Estados y las instituciones
comunitarias. Estos planes nacionales deberán ser elaborados para periodos de
diez años a partir de 2021 y en su realización deberán participar los diferentes
niveles políticos de cada Estado miembro, partiendo del ámbito local hasta los
niveles más altos de decisión. Es relevante aquí el requerimiento de que dichos
planes nacionales incluyan una valoración de los hogares en situación de
pobreza energética. Como principales novedades, destaca el hecho de que el
reglamento de la UE elimina los objetivos nacionales vinculantes y anuncia las
medidas para la realización de las contribuciones nacionales de la UE para 2030
en lo que respeta a reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero
-donde se pretende un reducción del 40% respecto 1990-, la energía procedente
de fuentes renovables y la eficiencia energética, con el fin de “mantener, proteger

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