Permuta de solar por fincas en edificio futuro. Condición resolutoria con clausula penal. Moderacion de la pena

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Inscrita la cesión de un solar a cambio de superficie edificada por construir y con condición resolutoria se presenta acta notarial solicitando la reinscripción del dominio del solar, pero también de la obra nueva declarada e inscrita, ya que según la condición inscrita, en caso de cumplimiento de ésta, los cedentes recuperan el pleno dominio del solar transmitido y hacen suyo, por accesión todo lo edificado, por renunciar el cesionario a la moderación judicial de la indemnización por cumplimiento parcial prevista en el art 1154 CC. El cesionario fue requerido pero no contestó.

La registradora sostiene que, aun cuando todas las prestaciones sean no dinerarias, debe acreditarse «que se haya cumplido el requisito de la liquidación, compensación, o de ser posible, retirada de la contraprestación, que al menos parcialmente parece haber verificado el contratante frente al que se ejercita la facultad resolutoria...».

La Dirección confirma la nota y en base a su propia doctrina recuerda los requisitos para la reinscripción a favor del transmitente, como consecuencia del ejercicio de la facultad resolutoria explícita del art. 1504 CC: a) Debe aportarse el título del vendedor (art. 59 RH); b) La notificación judicial o notarial hecha al adquirente de quedar resuelta la transmisión, siempre que no resulte que el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR