Plan Parcial Valle del Sabinar. Construcción de campo de golf, 600 viviendas y hotel en San Vicente de Raspeig (Alicante)

AutorAntonio Ramos Medrano, Jose - Ramos Díez, Francisco Javier
Cargo del AutorLicenciado en Ciencias Ambientales
Páginas292-293

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ASUNTO: Plan Parcial Valle del Sabinar. Construcción de campo de golf, 600 viviendas y hotel en San Vicente de Raspeig (Alicante)

SENTENCIA: STSJ de Valencia de 16 de julio de 2004

RECURRENTE: Ezquerra Unida

El Valle del Sabinar es una gran planicie surcada por dos torrentes que convergen a su entrada, situado entre la Lloma de les Casetes y un cerro de considerable altura, que no presenta unos especiales valores ambientales, entre otras razones por su escasa pluviometria, poco más de 300 mm de lluvia al año, una de las más pobres de la España mediterránea, y por el hecho de que ya en el año 1973 se inició la construcción en este mismo emplazamiento de un campo de golf sobre una extensión aproximada de 220 ha que no llegó a finalizarse, por ello era lógico pensar que en la época del apogeo constructivo de los últimos años volviera a resurgir este proyecto, teniendo en cuenta que el terreno pertenece únicamente a dos propietarios.

El emplazamiento elegido es un claro testigo del proceso de transformación que ha experimentado nuestro país en los últimos cuarenta años ya que esta finca en los años 60 era una explotación agrícola y ganadera de importancia en la comarca, que poco a poco entró en declive y fue abandonada, planteándose entonces destinarla a usos terciarios con la construcción del campo de golf que no llegó a culminarse en esa época.

El actual Plan Parcial para la urbanización de 159 hectáreas, aprobado en el año 2001, tenía un error importante que fue destacado en la sentencia del TSJ de Valencia. En concreto, computa como zona verde una gran vía pecuaria, la Cañada Real de Palamó a Peñas Rojas, que con una anchura de 75,22 m atraviesa todo el valle ocupando 11 de las 159 hectáreas de este plan parcial. Por ello, la sentencia señala que consta acreditado que «se ha computado como zona verde una vía pecuaria o, lo que es lo mismo, que la zona verde tiene una extensión inferior a la debida por cuanto una cañada que la cruza debe computarse como elemento diferente, pues es criterio jurisprudencial, que las vías públicas no pueden integrarse dentro del ámbito de las zonas verdes ni aún siquiera en el más amplio de espacios libres. Por ello, cuando es cruzado un espacio de esta naturaleza por una vía pública, algo que es frecuente y, en este caso, compatible, la superficie de la misma no se computa para la general del espacio libre»1.

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Pero dada la gran extensión de este plan parcial, 159 hectáreas, no ha sido gran...

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