Orden ARP/122/2017, de 13 de junio, por la que se regulan los instrumentos de ordenación forestal en Cataluña

AutorDr. Fernando López Pérez
CargoInvestigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA ? CIEMAT)
Páginas65-66
Recopilación mensual n. 70, Julio 2017
66
Autonómica
Cataluña
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 5 de julio de 2017
Orden ARP/122/2017, de 13 de junio, por la que se regulan los instrumentos de
ordenación forestal en Cataluña
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de
Derecho Ambiental (CIEDA CIEMAT)
Fuente: DOGC núm. 7393, de 19 de junio de 2017
Temas clave: Bosques; Montes; Ordenación forestal
Resumen:
Esta Orden de 13 de junio tiene por objeto la regulación de los instrumentos de ordenación
forestal de Cataluña, y de su procedimiento de tramitación para su aprobación,
modificación, revisión y seguimiento. Todo ello en aplicación de lo dispuesto en el artículo
32.3 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de montes, el cual establece las competencias
de las Comunidades Autónomas para la aprobación de las instrucciones de ordenación y el
aprovechamiento de montes.
Esta Orden viene a sustituir a la previa Orden AAM/246/2013, introduciendo algunas
importantes novedades como los proyectos de ordenación forestal de ámbito municipal y
supramunicipal, todo ello en seguimiento de la modificación de la Ley 6/1988, de 30 de
marzo, forestal de Cataluña, a través de la Ley 2/2014, de 27 de enero.
La Orden introduce los siguientes tipos de instrumentos de ordenación forestal -artículo 4-:
a) Proyecto de ordenación forestal (POF), de aplicación a las fincas forestales de titularidad
pública superiores o iguales a las 250 hectáreas.
b) Plan técnico de gestión y mejora forestales (PTGMF), de aplicación a las fincas
forestales de titularidad pública o privada superiores a las 25 hectáreas.
c) Plan simple de gestión forestal (PSGF), de aplicación a las fincas forestales de titularidad
pública o privada iguales o inferiores a 25 hectáreas.
d) Plan técnico de gestión y mejora forestales conjunto (PTGMFc), para fincas de
titularidad pública y/o privada de varias propiedades forestales dentro de un marco
territorial conjunto de gestión forestal coherente.
e) Proyecto de ordenación forestal de ámbito municipal o supramunicipal (PFM), de
aplicación a la totalidad de los terrenos forestales incluidos dentro del marco territorial
mínimo correspondiente a un mismo término municipal, o de varios términos municipales,

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