Orden APM/397/2018, de 9 de abril, por la que se determina cuándo los recortes de espuma de poliuretano utilizados en la fabricación de espuma compuesta, se consideran subproductos con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados

AutorEva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas130-131
Recopilación mensual n. 79, Mayo 2018
130
Nacional
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 23 de mayo de 2018
Orden APM/397/2018, de 9 de abril, por la que se determina cuándo los recortes de
espuma de poliuretano utilizados en la fabricación de espuma compuesta, se
consideran subproductos con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y
suelos contaminados
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro
Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 95, de 19 de abril de 2018
Temas Clave: Subproductos; Residuos; Espuma de poliuretano
Resumen:
Siguiendo la línea establecida por otras Órdenes que ya se han comentado en esta
publicación; de nuevo se pone de relieve el procedimiento introducido por la Directiva
2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, para
definir los criterios mediante los cuales se puede establecer que un determinado flujo de
residuos puede dejar de ser considerado residuo.
En el marco del procedimiento elaborado por el entonces Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente, para la evaluación de la consideración de un residuo de
producción utilizado en un uso específico como subproducto; los productores de los
recortes de espuma de poliuretano y los usuarios de los mismos para la fabricación de
espuma compuesta, presentaron la solicitud de declaración de subproducto del referido
residuo de producción para el uso especificado.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 4.1 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, los
residuos de producción para ser considerados subproductos deben cumplir una serie de
condiciones. En tal sentido, la utilización de recortes de espuma de poliuretano como
materia prima para la fabricación de espuma compuesta, se está realizando desde los años
cincuenta del siglo XX. El proceso al que se someten los recortes de espuma de poliuretano
es similar al que se somete la materia prima. Los recortes se producen en el propio proceso
de producción de la espuma de poliuretano, originándose como consecuencia del ajuste del
producto a las especificaciones del cliente. Por último, tienen la misma composición que la
espuma de poliuretano y sólo cambia su forma física.
En definitiva, esta orden establece los requisitos técnicos de las espumas y las obligaciones
de los productores y de los usuarios de dicho material. En consecuencia, los recortes de
espuma de poliuretano que se destinen a la fabricación de espumas compuestas podrán
declararse subproductos siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en la
presente orden.

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