Una nueva mayoría parlamentaria para un nuevo modelo de relaciones laborales

AutorMiguel Ángel Falguera Baró
CargoCoordinador
Páginas2-4
· EDITORIAL BOMARZO ·
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NOVEDADES DEL MES
RDL 1/2020: REVALORIZACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS PENSIONES (Ver
cuadro sinóptico)
RDL 2/2020: MEDIDAS URGENTES EN MATERIA RETRIBUTIVA DEL SECTOR
PÚBLICO
STJUE (asunto C- 177/18): UNA NORMATIVA COMO LA ESPAÑOLA QUE NO
PREVÉ NINGÚN TIPO DE INDEMNIZACIÓN EN EL CASO DE EXTINCIÓN DE UN
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE INTERINIDAD MIENTRAS QUE SÍ LO HACE PARA
LOS CONTRATOS LABORALES, NO ES CONTRARIA A LA CLÁUSULA
ANTIDISCRIMINATORIA DEL ACUERDO MARCO DE CONTRATOS A TÉRMINO
LA OIT PUBLICA EL INFORME SOBRE PERSPECTIVA LABORALES Y DE EMPLEO EN
EL MUNDO 2020, CON UN ESPECIAL ÉNFASIS EN LA CAÍDA DEL PESO DE LAS
RENTAS SALARIALES EN ESPAÑA
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EDITORIAL
UNA NUEVA MAYORÍA PARLAMENTARIA PARA UN NUEVO MODELO DE
RELACIONES LABORALES
La conformación de un gobierno de coalición progresista es una oportunidad histórica para revertir la
inercia de la distribución negativa de rentas y de poder actualmente imperante en las relaciones
laborales, hoy profundamente sesgada en favor de las gr andes empresas en detrimento de los
trabajadores, de los autónomos y de las pequeñas empresas. Sin embargo, pese a que el programa de
gobierno pactado contiene indudables elementos positivos, sus objetivos están di señados a corto plazo
y no parecen integrados, en su redacción inicial, dentro de un diseño global del sistema que se quiere
implantar. Por otra parte nadie duda de la dificultad de articular las leyes necesarias en un parlamento
sumamente dividido y donde la presión de la oposición de derecha parece haberse decantado por la
extrema irracionalidad y el cierre a toda posible negociación. La formación de las necesarias mayorías
para l a aprobación de las leyes necesarias exigirá un profundo análisis que permita incorporar
perspectivas sociales y políticas diversas, donde además el problema de la distribución territorial del
poder, tanto administrativo como empresarial y sindical, puede tener un destacado protagonismo. Por
eso tal vez la mejor ayuda que puede prestarse desde los distintos núcleos de la sociedad para el avance
de los objetivos fijados en dicho programa sea hacer aportaciones a una reflexión colectiva y pública
sobre el Derecho del Trabajo del futuro y sobre el papel que en ese nuevo marco de relaciones laborales
deba corresponder a los poderes públicos y a los interlocutores sociales.
El problema de nuestro modelo no es sólo “la reforma laboral del PP”, como se insiste mediáticamente
desde diversas instancias políticas y sociales. Nuestros desajustes como ocurre en buena parte de los
países occidentales- viene de antiguo. Por ejemplo, el actual debate sobre el despido por absentismo
justificado y su imputación a los cambios normativos de 2012 y 2013 obvia que dicha causa de extinción
figura casi en los mismos términos que hoy en nuestro ordenamiento cuando menos desde el Estatuto
de los Trabajadores de 1980 y que la modificación i ntroducida por la Ley 3/2012 se limitó a suprimir el

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