Negativa a practicar asiento de presentación de una instancia privada

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Reitera la DG que:

a) El objeto del expediente de recurso contra calificaciones de registradores de la Propiedad es exclusivamente la determinación de si la calificación es o no ajustada a Derecho. No tiene en consecuencia por objeto cualquier otra pretensión de la parte recurrente.

  1. La decisión del registrador denegando la práctica del asiento de presentación es recurrible pues es una calificación más.

  2. La negativa a la práctica de un asiento de presentación sólo debe realizarse cuando el documento cuya constancia registral se solicita sea indudablemente de imposible acceso al Registro. Y es indudable que en el presente expediente nos encontramos ante ese supuesto, ya que se trata de una instancia privada cuya finalidad no es provocar asiento registral alguno, sino demandar del registrador la realización de una...

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