Murcia aprueba la Orden por la que se establecen medidas de acceso y tránsito en el Parque Regional de Calblanque, Monte de las Cenizas y Peña del Águila

AutorDr. Carlos Javier Durá Alemañ
CargoInvestigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas223-224
Recopilación mensual n. 103, julio 2020
223
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 24 de julio de 2020
Murcia aprueba la Orden por la que se establecen medidas de acceso y tránsito en el
Parque Regional de Calblanque, Monte de las Cenizas y Peña del Águila
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación
del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DORM número 141 de 20 de junio de 2020
Palabras clave: Parque Natural. Acceso. Espacio natural protegido. Gestión. Lugar de
Interés Comunitario (LIC). Red Natura 2000. Plan Ordenación Recursos Naturales (PORN).
Resumen:
El espacio natural de Calblanque, Monte de la Cenizas y Peña del Águila, fue declarado
Parque Regional por la disposición adicional tercera, uno de la Ley 4/1992, de 30 de julio, de
Ordenación y Protección del Territorio de la Región de Murcia. Además, de conformidad
con la Directiva 92/43/CEE, el espacio de Calblanque, Monte de las Cenizas y Peña del
Águila tiene la consideración de Espacio Protegido Red Natura 2000 al encontrarse incluido
en la lista de Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) para la región biogeográfica
mediterránea (ES6200001).
En el interior del Parque Regional es necesario adoptar medidas de conservación, que en
determinados periodos conllevan restricciones de acceso de vehículos a motor y visitantes.
Estas medidas están justificadas para garantizar la preservación de la flora y fauna próxima a
los caminos y su entorno, ya que éstos se encuentran contiguos a hábitats frágiles de interés.
Además, ha de establecerse la regulación del tránsito de los visitantes atendiendo al uso
público que recae sobre este espacio. El Plan de Ordenación de los Recursos Naturales
(PORN) del Parque Regional de Calblanque, Monte de las Cenizas y Peña del Águila,
establece que el acceso público al litoral mediterráneo del Parque podrá ser controlado, en el
marco de la vigente Ley de Costas, por la Consejería con competencias en Medio Ambiente,
en los sectores y épocas que estime oportunos para la adecuada preservación de los recursos
naturales.
Asimismo, establece la posibilidad cerrar temporal o permanente caminos en el interior del
espacio protegido. Entre las directrices para la planificación del uso público establecidas en
el PORN (artículo 120), se establece que se potenciará el acceso de vehículos por los viales
establecidos en la zonificación prevista.
En cuanto a las zonas de uso recreativo, se prevé que se atienda, especialmente, la
señalización de accesos y puntos de aparcamiento; la información al visitante; la mejora y
mantenimiento de las instalaciones, y el servicio de limpieza; la conservación de la calidad
paisajística y ambiental del entorno. La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio
Natural y de la Biodiversidad, contempla la utilización ordenada de los recursos para
garantizar el aprovechamiento sostenible del patrimonio natural, en particular, de las especies
y de los ecosistemas, su conservación, restauración y mejora, y evitar la pérdida neta de
biodiversidad.

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