La justicia constitucional contra los Bolcheviques: la Corte Suprema de Justicia conservadora y la represión al movimiento obrero, 1926-1930

AutorMario Alberto Cajas Sarria
CargoEstudios Jurídicos de la Universidad Icesi, Colombia
Páginas505-532

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LA JUSTICIA CONSTITUCIONAL CONTRA LOS BOLCHEVIQUES : LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CONSERVADORA Y LA REPRESIÓN AL MOVIMIENTO

OBRERO, 1926-1930.

THE COLOMBIAN CONSTITUTIONAL JUSTICE AGAINST

BOLSHEVIKS: THE CONSERVATIVE SUPREME COURT AND THE REPRESSION OF THE LABOR MOVEMENT, 1926-1930

Mario Alberto Cajas Sarria

Estudios Jurídicos de la Universidad Icesi, Colombia

SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN. II. PROTESTA SOCIAL Y GOBIERNO CONSERVADOR EN LAS PRIMERAS DOS DÉCADAS DEL SIGLO VEINTE. III. EL CONTROL CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CONTRA LOS BOLCHEVIQUES Y LA PROTESTA SOCIAL. 1. El decreto para prevenir “desórdenes” el Primero de mayo de 1927. 2. La omisión de control constitucional luego de la Masacre de las Bananeras de 1928. 2.1. El conflicto laboral y la movilización obrera en el Magdalena. 2.2. La Corte que “congeló” una demanda para luego abstenerse de resolverla. IV: CONSIDERACIONES FINALES.

Resumen: La naciente industrialización de Colombia con el fortalecimiento del movimiento obrero hizo crecer el conflicto social durante el último gobierno de la hegemonía conservadora (1926-1930). A la par que estallaban huelgas en distintos lugares del país, el influjo de las revoluciones rusa y mexicana contribuía a que el Ejecutivo pensara que era necesario detener la “amenaza comunista” y la protesta social. El gobierno enfrentó la “cuestión social” con represión: la respuesta al movimiento obrero, que reclamaba el reconocimiento de sus derechos laborales, fue el uso de la fuerza pública.

Este artículo examina el papel de la Corte Suprema de Justicia, integrada mayoritariamente por magistrados conservadores, que respaldó jurídicamente tanto la represión como la contención de la “amenaza revolucionaria”. Primero ofrece un panorama del contexto institucional y político en las primeras dos décadas del siglo veinte colombiano. Luego revisa el rol político que jugó la Corte Suprema de Justicia conservadora al juzgar la constitucionalidad de dos herramientas jurídicas que se aprobaron para reprimir la protesta social: (i) el decreto 707 de 1927 o de Alta Polícía, que en su mayoría fue declarado constitucional, y (ii) las medidas de estado de sitio dictadas para reprimir la huelga bananera de 1928, que la Corte evaluó casi tres años después, cuando ya habían perdido vigor. De este modo, pone en evidencia cómo el tribunal se alineó ideológicamente con las otras dos ramas del poder público, que también eran conservadoras, para respaldar jurídicamente la represión y detener la amenaza revolucionaria.

Historia Constitucional (ISSN 1576-472)
n.19, 2018, págs. 505-532, http://www.historiaconstitucional.com

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Mario Alberto Cajas Sarria

Abstract: The nascent industrialization of Colombia with the strengthening of the workers' movement made social conflict grow during the last Government of Conservative Hegemony (1926-1930). At the same time that strikes broke out in different parts of the country, the influence of the Russian and Mexican revolutions made the Government to think that it was necessary to stop the "communist threat" and social protest. The Conservative Administration faced the "social question" with repression: the response to the workers' movement, which demanded the recognition of their labor rights, was the use of security forces. This article examines the role played by the Supreme Court, composed mostly of Conservative Justices, who legally supported this repression and the containment of the "revolutionary threat".The article first provides an overview of the institutional and political context in the first two decades of the twentieth century in Colombia. Then, it reviews the role of the Conservative Supreme Court on the judicial review of two legal tools that the Executive approved to repress social protest: (i) decree 707 of 1927 or of High Police, which was mostly declared constitutional, And (ii) the measures of state of siege dictated to repress the “Massacre of the Banana Region” of 1928, that the Court evaluated almost three years later, when the decree had been derogated. In this way, this article highlights how the Tribunal aligned itself with the other two branches of public power, also conservative, to legally support repression and stops the "revolutionary threat ".

Palabras clave: Control constitucional y comunismo, Corte contra bolcheviques, Represión al movimiento obrero, Cortes y revolución en América Latina, Hegemonía Conservadora en Colombia

Keywords: Judicial Review and Communism, Courts against Bolsheviks, Repression of Labor movement, Courts and Revolution in Latin America, Conservative Hegemony in Colombia

I. INTRODUCCIÓN

En diferentes contextos y con propósitos disímiles, hace cien años dos regiones vivían revoluciones, que con distintos grados tendrían influencia política, social y jurídica más allá de sus fronteras. Era el año 1917 y en la Revolución Mexicana se aprobaba la Constitución de Querétaro, que de manera pionera en el mundo elevaba a rango constitucional los derechos sociales1. Ese mismo año, Rusia vivía su Revolución de Octubre2.

Las dos revoluciones ocurrían mientras Colombia era gobernada por la hegemonía Conservadora. El Partido Conservador había logrado hacerse al

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1Dos estudios recientes sobre la justicia y la Revolución Mexicana, así como del Constitucionalismo Social Mexicano en: Humberto Morales, Derecho y Justicia en la Revolución Mexicana, 1910-1940 (Coord). Suprema Corte de Justicia de la Nación y Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, Ciudad de México, 2017; y Humberto Morales, Pastor Rouaix y su influencia en el constitucionalismo social mexicano. Ciudad de México, Suprema Corte de Justicia de la Nación, 2017.

2Un análisis reciente sobre los distintos modos de interpretar la Revolución de Octubre de 1917 la propone: Hugo Fazio, “La Revolución Rusa de 1917: dilemas e interpretación”, Historia Crítica No. 64, 2017.

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dominio de las tres ramas del poder público hacia 1886, aunque con el breve interregno del período presidencial de Carlos E. Restrepo (1910-1914), quien llegó al poder a nombre de la Unión Republicana3en momentos de transición tras el fin de la dictadura del general Rafael Reyes y la Asamblea Constituyente de 1910. Así, el retorno de los conservadores al poder hegemónico en el siglo veinte se dio con el triunfo aplastante del presidente José Vicente Concha y el control casi total del Congreso en las elecciones de 1914, así como con la inmediata conformación de una Corte Suprema de Justicia compuesta por una mayoría de magistrados conservadores a partir del 1o de mayo de 1915. Los conservadores lograron mantener ese poder hegemónico hasta la sorpresiva llegada del gobierno del liberal Enrique Olaya Herrera (1930-1934)4.

Si bien los conservadores lograron el dominio total de las tres ramas del poder público, así como de la burocracia estatal a lo largo y ancho del país, tendrían que enfrentar uno de sus mayores desafíos hacia la segunda década del siglo veinte, cuando la “cuestión social” emergía de la mano con el naciente movimiento obrero surgido con los primeros años de la industrialización del país. Los gobiernos conservadores optaron por enfrentar los reclamos de los sectores obreros con la represión. De este modo, tanto las tensiones con el movimiento obrero y los desafíos políticos de nacientes grupos de izquierda fueron asociados con la “amenaza comunista” de los “bolcheviques”, y en alguna medida con la posible influencia de la Revolución Mexicana.5Para tal propósito emplearon variados mecanismos legales, que incluían la restricción de derechos y libertades, la prohibición de huelgas y movilizaciones, e incluso la expulsión de extranjeros que militaran o promovieran el socialismo y el anarquismo.

Así las cosas, la “cuestión social” sólo empezó a ser resuelta en la década de los treinta con la llegada de la llamada “Segunda República Liberal”, y algunos derechos sociales alcanzaron rango constitucional en 1936 con la reforma constitucional impulsada por el partido Liberal en la presidencia de Alfonso López Pumarejo (1934-1938); una enmienda que se aprobó en medio de fuertes rechazos del opositor Partido Conservador y de amplios sectores económicos del país.

En cuanto a la Corte Suprema de Justicia, los constituyentes de 1910, fieles al ideal republicano, buscaron asegurar un sistema de “frenos y contrapesos”

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3La Unión Republicana fue un partido que surgió de la alianza de facciones de los dos partidos tradicionalmente enfrentados: Liberal y Conservador, con el fin de proponer una alternativa política a la dictadura del general Rafael Reyes (1904-1909). Sus propósitos generales eran reorganizar el país bajo el modelo republicano, garantizando el sistema de frenos y contrapesos entre los poderes públicos, las elecciones libres, los derechos de las minorías políticas y la alternancia en el poder. Tales propósitos quedaron plasmados en la reforma constitucional de 1910 que aprobó la Asamblea Constituyente integrada por una mayoría de delegatarios por la Unión Republicana.

4En el caso de la Corte Suprema de Justicia el Partido Conservador dominó hasta que el Partido Liberal ganó las mayorías en el Congreso y pudo elegir magistrados que en su mayoría eran liberales, en 1935. Mario Alberto Cajas Sarria, La historia de la Corte Suprema de Justicia de Colombia, 1886-1991, Tomo I, Universidad de los Andes, Bogotá, 2015.

5Víctor Jeifets e Irving Reynoso, “Del Frente Único a clase contra clase: comunistas y agraristas en el México posrevolucionario, 1919-1930”. Revista www.izquierdas.cl, 19, 2011; también: Víctor y Lazar Jeifets, América Latina en la Internacional...

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