Segunda parte. Instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos

AutorJosé Manuel Rodríguez Uribes/Francisco Javier Ansuátegui Roig
Páginas438-454
HISTORIA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES438
SEGUNDA PARTE
INSTRUMENTOS INTERNACIONALES DE PROTECCIÓN
DE LOS DERECHOS HUMANOS
1. EL SISTEMA DE WESTFALIA COMO MARCO JURÍDICO IN-
TERNACIONAL DE LA INCIPIENTE PROTECCIÓN DE LOS
DERECHOS HUMANOS
1.1. Revolución teológica y Derechos humanos como telón de fondo
La cuestión de los derechos humanos aparece como un problema interna-
cional en época moderna, cuando los acontecimientos históricos de los siglos
XV-XVI produjeron el tránsito progresivo, pero inevitable, a la modernidad.
En épocas antiguas41 había muchas formas de opresión y de exclusión
de los seres humanos. Pero el reconocimiento y protección jurídico in-
ternacional de los derechos humanos se sitúa en los mismos orígenes
del Derecho internacional, ante la necesidad de proteger a los miem-
bros de determinadas minorías religiosas42.
Si en civilizaciones antiguas la cuestión religiosa, fundamental-
mente en prácticas politeistas, no era un motivo de represión reli-
giosa, al irrumpir el monoteismo judío y el cristiano se incrementa
la intolerancia.Cuando en el año 313 el emperador Constantino
concede tolerancia oficial al cristianismo —que, finalmente, será
declarada la religión oficial y exclusiva del Estado por Teodosio—
los beneficiarios de la tolerancia se convierten en intolerantes, per-
seguidores de disidentes y de herejes, como los arrianos y los dona-
tistas, sobre la base de que “sólo un camino conduce a la verdad”43.
Esta intolerancia cristiana, con sus vaivenes y variantes, perduró a
través de los siglos.
Cuando se produce la ruptura de la unidad religiosa en Europa se empeza-
41 Sobre las minorías en civilizaciones antiguas, Vid. ROULAND,N, PIERRE-CAPS,
S, POUMAREDE, J. Droit des minorités et des peuples autochtones, P.U.F., París, 1996, pp.
35-60.
42 En este sentido, F ENET, A. “ Mutations internationales et protection des minorités”,
Mutations internationales et évolution des normes, P.U.F., 1994, pp. 49-66, p. 5 1.
43 FETSCHER, Y. La tolerancia.Una pequeña virtud imprescindible pa ra la democracia. Pano-
rama histórico y problemas actuales, Gedisa editorial, 1994, pp. 26 y ss.
TOMO II: SIGLO XVIII 439
rán a configurar, lenta y progresivamente44, las primeras formas de protección,
nacional e internacional de los derechos humanos, en particular de los vincula-
dos a la libertad religiosa, en el momento en que nace el denominado De-
recho internacional clásico. Se trata del orden de coexistencia, denomi-
nado derecho relacional o de yuxtaposición mediante el que se
modeliza el orden surgido en el periodo Westfaliano, donde el poder
supremo reside en los Estados, en una sociedad descentralizada, resul-
tado de la desintegración de la Res Publica Chistiana, que dió lugar al
nacimiento del Estado moderno, en su primera versión absolutista.
La Edad Media había sido una época en la que no se toleraba la here-
jía, que amenazaba directamente a la estructura de la sociedad: la lu-
cha por la tolerancia implicaba la impugnacion de las estructuras del
poder45. Es la era de la reforma la que va a romper con la situación me-
dieval, aún cuando los principales reformadores no aceptasen la liber-
tad religiosa; a pesar suyo, la reforma trajo una mayor libertad religio-
sa, al extenderse progresivamente la idea de tolerancia46, que no cabría
equiparar con la noción de libertad47. Aunque el protestantismo no
traía consigo la libertad religiosa, de sus principios se extrajeron sus
fundamentos.
La reforma tuvo una gran importancia internacional48, porque los
hechos a que dió lugar contribuyeron a la completa transformación
del sistema político europeo. A partir de esos momentos, como ha se-
44 Sobre el carácter histórico y progresivo del reconocimiento y protección, nacional e
internacional de los Derechos Humanos, Vid. TRUYOL, A. “Los derechos humanos en
perspectiva histórica”, IV Jornadas de profesores de Derecho inte rnacional y relaciones internacio-
nales, 4, 5 y 6 de julio de 1979, Granada, 1980; PECES-BARBA, G. y FERNÁNDEZ, E. (Co-
ords), Historia de los derechos fundamentales. Tomo primero. Tránsito a la modernidad. Siglos XVI
y XVII, Instituto de Derechos Humanos “Bartolomé de las Casas”, Dykinson, Madrid,
1998, en especial pp. 1-13.
45 Vid. KAMEN, H. Nacimiento y desarrollo de la tolerancia en la Europa moderna, Alianza
editorial, Madrid, 1987, pp. 16 a 20.
46 Véase una recopilación completa de los textos más relevantes en materia de toleran-
cia, en La tolérance.Essai d´une anthologie. Textes choisis et présentés, por Zagholoul Morry,
Ed. UNESCO, 1993, 321 pp.
47 Vid. BAUBERTO, J. De la tolérance aux droits de l´homme. Ecrits sur la diversité de cons-
cience des guerres de réligion à la Révolution française, Collection inventaire, Ed. Parlores
d´Aube, 1998, p. 7.
48 Sobre el Impacto internacional de la Reforma Vid. BOEGNER, M. “L´influence de
la Réforme sur le développement du Droit international”, RCADI, 1925-I, p. 303; TRUYOL,
A. Historia del De recho internacional, versión española de Paloma García Picazo, Alianza
Universidad, Madrid, 1994.

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