Ingreso en prisión

AutorMinisterio del Interior

El ingreso en prisión se efectúa intentando paliar en la medida de lo posible el impacto negativo que sufre la persona. Las formas de ingreso en prisión pueden ser en calidad de: Preso, detenido o penado mediante mandamiento de prisión firmado por autoridad competente o por presentación voluntaria. En el momento del ingreso el interno tiene derecho a comunicar inmediatamente a su familia y abogado su situación, los internos extranjeros tienen derecho a que se ponga en conocimiento de las Autoridades Diplomáticas o Consulares su ingreso en prisión. Se les entrega un folleto informativo en general en el que se recoge como es la vida y la organización del Centro Penitenciario, se les indica sus derechos y deberes, así como las prestaciones y servicios que pueden recibir.

Tras comprobar su identidad se les entrega una tarjeta identificativa retirándoseles los objetos no autorizados. Se les suministra un lote de productos higiénicos de uso personal que es renovado períodicamente y a demanda del interno.

La ley penitenciaria prohibe el uniforme para los internos por lo que pueden vestir su propia ropa o usar su ropa de cama. En el caso de que el interno carezca de ropa, o no esté en condiciones se le entrega gratuitamente por la Administración tanto ropa personal y calzado, como ropa de cama. Las prendas de vestir son las de uso común en la calle y carecen de cualquier elemento identificativo.

Desde el primer momento se cuida que el interno mantega relación con el mundo exterior autorizándole comunicaciones telefónicas, postales y personales en cualquiera de sus modalidades previstas en la legislación, por locutorios generales, familiares colectivas en locales o lugares destinados al efecto, e íntimas con su pareja sentimental en habitaciones habilitadas para tal fín.

Igualmente puede entrevistarse con su abogado cuantas veces sea necesario.

Al ingresar el interno es reconocido por el servicio médico y entrevistado por diversos profesionales de la Institución con el fín de detectar sus carencias y necesidades.

Una vez cumplidos los trámites y tras pasar unos días (máximo 5) en el módulo de ingresos se le adjudica una celda de acuerdo con los criterios de separación y clasificación interior atendiendo al sexo, emotividad, edad, antecedentes, estado físico y mental, y respecto de los penados las exigencias del tratamiento.

En la celda el preso puede disponer de radio y TV, así como de los objetos personales cuyo uso no este prohibido, puede también...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR