Impuesto sobre el Valor Añadido / Derecho Concursal

AutorGarrigues Abogados y Asesores Tributarios
Páginas10-10

Page 10

En el caso analizado en esta Sentencia una entidad concursada no había pagado a un acreedor el precio de unas determinadas operaciones. El acreedor había rectificado las facturas (con base en el artículo 80.Tres de la Ley del IVA) a fin de recuperar las cuotas de IVA repercutidas e ingresadas en Hacienda no cobradas del cliente. Conforme a ello, la Hacienda Pública pasó a ser la nueva acreedora de la entidad concursada, respecto al importe de esas cuotas de IVA.

El Tribunal Supremo confirma (como ya hizo en Sentencia de 20 de septiembre de 2009), que los créditos por IVA contra el deudor por hechos imponibles anteriores a la declaración del concurso constituyen créditos concursales y no créditos contra...

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