Il Registro delle Imprese, de Consiglio Nazionale del Notariato.

AutorJosé M. Piñol Aguadé
Páginas1645-1652

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    IL REGISTRO DELLE IMPRESE.
Publicación del «Consiglio Nazionale del Notariato» relativa a las actas de la Convención celebrada en Parma los días 24 y 25 de marzo de 1979. Editada el mismo año por Giuffrè, de Milano.

En una economía de mercado el crédito constituye un eje fundamental, casi la misma columna vertebral del sistema. Las informaciones relativas a existencia, sede, objeto, representación, patrimonio, responsabilidad, limitaciones dispositivas (incluso las dimanantes de regímenes conyugales) y estados de insolvencia de las empresas, como otros muchos, permiten el juego del crédito al facilitar la emisión de juicios de valor respecto a su capacidad jurídica y técnica, solvencia económica, marcha regular y hasta honestidad, la proporción entre su capital de riesgo y el de crédito y, con ello, fluidez y seguridad en el tráfico con los consiguientes desarrollo económico y prosperidad general.

Tales informaciones pueden ser obtenidas de fuentes particulares, con relativas garantías y costes algo elevados. Pero dada su trascendencia, tratando de hacerlas más asequibles, facilitando rapidez, economía y ciertas garantías, se han creado servicios públicos que acostumbran a denominarse Registros Mercantiles o de Comercio que permiten la fácil accesibilidad a los datos indicados, en cuantía reducida, y cuya existencia representa una victoria para los terceros en la lucha sostenida con aquellos empresarios cuyo interés se halla centrado en mantener en la penumbra los informes que puedan influir en su crédito negativamente. Tales registros están implantados en muchos de los países del civil law, pero no en los de la zona del common law, que se reducen a meros registros de sociedades, ya que no existe distinción entre comerciantes y no comerciantes. No obstante, las diferencias son más aparentes que reales, pues mientras en algunos Estados, como España, las disposiciones relativas a comerciantes individuales carecen de sanción práctica, por lo que sus registros, esencialmente, lo son casi exclusivamente de sociedades (y en este sentido fue emitido el informe laborado para la C. E. E. por Gadebois y De la Haye), en otros, como Inglaterra (que posee un maravilloso registro de compañías para gran parte de la isla, con base en Cardiff), las informaciones de sociedades se complementan con fuentes privadas cuya autoridad, por su solvencia y extensión, es comparable a la de los registros oficiales dotados de efectos jurídicos.

Esquemáticamente las funciones asignadas a tales institutos son las de control en la creación de sociedades u otras personas jurídicas, que acostumbra a ser riguroso y cuya publicidad se denomina constitutiva, ya que con la registración simple, o complementada con anuncios en determinadas publicaciones, se entiende erigido el nuevo ente. La publicidad legal hace que informaciones facilitadas por el registro y claramente determinadas se presuman conocidas y ciertas y surtan efectos, con eficacia positiva y negativa, a favor y contra de interesados y terceros, estableciendo posiciones en orden a riesgos y pruebas procesales. Y la publicidad-noticia, sin efectos jurídicos, que constituye zona de cada día más acentuados horizontes al compás del desarrollo técnico y las necesidades económicas pues, como ha concretado Ghidini a título ejemplar, aun Page 1646 cuando los terceros puedan tener a su disposición a través del registro un balance anual, lo que no ocurre en todos los registros, ello se contrae a una fotografía momentánea: una película permitiría constatar, a lo mejor, como breves días antes o después su situación era muy diversa. Por ello estima que el desideratum debe posibililar a los interrogadores, no sólo varios balances anteriores, sino otros datos de considerable interés: intereses pasivos permanentes, número y costo del personal, relación entre producción y venta... Muchos de ellos son indispensables para el responsable ejercicio mercantil. Y en tales fuentes beben no sólo los particulares, sino también la administración pública, que los utiliza a efectos de estadísticas y ulteriormente para asistencias, programaciones, fines fiscales o administrativos de otra índole. Incluso para la escueta...

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