Implicancias Tributarias del Comercio Electrónico, Consideraciones en Torno al Concepto de Establecimiento Permanente

AutorItalo Fernández Origgi
CargoEspecialista en Derecho Tributario – Telefónica del Perú S.A.A.

Actualmente es bastante conocido el hecho que, Internet facilita un medio de comercio el cual no requiere de un establecimiento físico alguno, donde se abren las puertas a un mercado al que pueden acceder tanto ofertantes como demandantes de la más amplia variedad de productos, sin ningún límite de fronteras, el cual se encuentra operativo en todo momento, y además con condiciones de competencia simétricamente ideales.

Así, uno de los problemas más álgidos dentro de la fiscalidad del comercio electrónico será definir los criterios que nos permitan determinar en que casos se considera que se desarrollan actividades comerciales dentro de una determinada jurisdicción, y en ese sentido cuando considerar que el desarrollo de actividades comerciales a través de Internet implica la presencia de un establecimiento permanente en una determinada jurisdicción tributaria.

  1. Establecimiento Permanente, Noción

    Normalmente los países establecen la obligación de tributar a las entidades o personas físicas extranjeras respecto de las operaciones y por tanto, de los ingresos, obtenidos dentro de su jurisdicción, en tanto tales sujetos desarrollen actividades comerciales en forma efectiva dentro de dicha jurisdicción. Así, una de las formas de determinar el desarrollo local de actividades generadoras de ingresos en una determinada jurisdicción, es justamente la identificación de un establecimiento permanente dentro del territorio de ésta (claro está, sin perjuicio de aquellos supuestos en los que se desarrollan actividades dentro de una determinada jurisdicción enviando encargados especiales como puede ser el caso de un grupo de personal encargado del levantamiento de datos para una firma de consultoría que presta sus servicios a nivel mundial).

    Para la doctrina el establecimiento permanente importa un lugar fijo de negocios mediante el cual una empresa realiza todo o parte de su actividad comercial. De ésta forma tenemos que, dentro de ésta definición se requiere la presencia de dos elementos indispensables para que se configure un establecimiento permanente, primero (i) el elemento físico, consistente en el lugar fijo de actividades y segundo (ii), el elemento económico, el que requiere la realización de actividades de comercio. Ante la concurrencia de ambos elementos podemos hablar de la existencia de un establecimiento permanente .

    Dentro de ésta materia, resultan de gran importancia las investigaciones realizadas por el área de política fiscal del Departamento del Tesoro Norteamericano . En ese sentido, dicho organismo considera que la dificultad de la determinación de la existencia de un establecimiento permanente en EE.UU. no se encuentra en establecer si se realizan actividades comerciales o no, sino en determinar si existe presencia física efectiva en dicha jurisdicción, como para someter al sujeto extranjero a las obligaciones tributarias de su sistema. Así se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR