Asís Roig, Agustín (dir.); Fonseca Ferrandis, Monjas Barrena; Álvarez Aceituno (elaboradores): Legislación del suelo:...

AutorJosé Luís González-Berenguer Urrutia

Asís Roig, Agustín (dir.); Fonseca Ferrandis, Monjas Barrena; Álvarez Aceituno (elaboradores): Legislación del suelo: Análisis comparativo. Incidencia de la STC 61/1997. Editorial La Ley-Actualidad, Madrid, 1997.

Bajo la experta dirección del profesor ASIS ROIG se publica este importante estudio de la Sentencia de 20 de marzo de 1997.

Comienza el libro con un estudio del director sobre la ordenación urbanística resultante de la Sentencia. Nunca he visto un diagnóstico tan lúcido de la situación que ha precedido a la célebre Sentencia. No me resisto a reproducirlo. Dice así:

1. Han transcurrido casi siete años desde que se dictó la Ley 8/1990, de 25 de julio, de Reforma del Régimen Urbanístico y Valoraciones del Suelo, después refundida en el Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio. La reforma resultaba en su práctica integridad inmediatamente aplicable. En este período de tiempo se han constituido un gran número de relaciones jurídicas amparadas en la indicada reforma que pueden haber quedado a partir de la Sentencia sin una base legal concreta.

2. Los interesantes instrumentos de gestión que incorporó la reforma de 1988 y refinó el Texto Refundido de 1992 han propiciado la reforma del planeamiento en vigor que permitiera la incorporación de tales técnicas. La Sentencia ha determinado la desaparición de algunas de estas instituciones, por lo que es necesario determinar sobre la subsistencia de las situaciones jurídicas constituidas al amparo de dichas instituciones, así como la validez de las previsiones de planeamiento que las incorporan.

2. Además, debe adelantarse que la Sentencia del Tribunal Constitucional aborda este examen de la legislación urbanística desde un punto de vista fundamentalmente competencial, siendo muy escasos o inexistentes los pronunciamientos de carácter sustancial. Con esta solución, lógica si se considera el origen y la sustancia del conflicto que se dirime con la Sentencia, sin embargo no genera pautas suficientes de interpretación constitucional en materia urbanística que puedan jugar un papel de orientación y delimitación de las inminentes reformas autonómicas.

4. A estas circunstancias hay que añadir otras dos sobrevenidas: por un lado, la impresión del fracaso a que estaba abocada la legislación de la reforma ha introducido distintas iniciativas de modificación de la legislación estatal -algunas promovidas por el propio gobierno socialista- que la falta de Sentencia había frenado. Sin embargo, la...

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