Fiscalidad autonómica

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Legislación
Comunidades autónomas de régimen común

(Andalucía)

Orden de 16 junio 2009. Eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 18.000 euros (BOA 30-6-2009).

(Aragón)

Orden de 27 abril 2009. Aprueba los modelos 882, 883, 884, 885, 886, 887 y 888 de declaración tributaria del Canon de Saneamiento de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOAR 19-6-2009).

Orden de 2 junio 2009. Distribuye competencias en relación con los procedimientos de aplazamiento y fraccionamiento de deudas y de devolución de ingresos indebidos en materia de tributos cedidos, tributos propios y otros recursos de Derecho Público gestionados por los órganos de la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón. (BOA 24-6-2009).

Orden de 1 junio 2009. Dispone la publicación del Acuerdo del Gobierno de Aragón de 26 de mayo de 2009, por el que se dispone elevar el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento para el pago de deudas de Derecho Público con la Comunidad Autónoma de Aragón hasta la cantidad de 18.000 euros.( BOA 24-6-2009).

(Canarias)

O Orden HAC/9/2009, de 30 abril. Regula la no exacción en período ejecutivo de deudas cuyo importe no exceda de 6 euros (BOC 13-5-2009). Page 130

Decreto 58/2009, de 19 mayo. Determina para el año 2009 la valoración del condicionante de libre disposición gestión recaudatoria previsto en la Ley 3/1999, de 4-2-1999, del Fondo Canario de Financiación Municipal (BOC 28-5-2009).

Decreto 67/2009, de 25 mayo. Modifica el Reglamento del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo, aprobado por el Decreto 22/1987, de 13-3-1987, con objeto de regular la aplicación de las tarifas primera y segunda del citado tributo a las mezclas de gasolinas y gasoil que contengan biocarburantes (BOC 1-6-2009).

Orden, de 21 mayo 2009. Establece el procedimiento y requisitos para la aplicación del tipo reducido en el Arbitrio sobre las Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias en las importaciones y entregas de biodiésel, bioetanol y biometanol mezclados con determinados productos derivados del refino del petróleo (BOC 1-6-2009).

Orden de 15 junio 2009. Modifica la Orden de 9-5-2005, que fija la cuantía de las deudas para cuyo aplazamiento o fraccionamiento se dispensa de la constitución de garantías (BOC 19-6-2009).

(Cantabria)

Orden HAC/8/2009, de 24 abril. Determina las Tasas del Gobierno de Cantabria que podrán ser recaudadas a través de cajeros automáticos (BOC 7-5-2009).

Orden HAC/13/2009, de 28 mayo. Determina Tasas y Precios del Gobierno de Cantabria que podrán ser recaudadas a través de cajeros automáticos (BOC 3-6-2009).

Orden HAC/16/2009, de 9 junio. Establece la cuantía de las deudas para cuyo aplazamiento o fraccionamiento no se exige garantía. (BOC 19-6-2009).

Orden HAC/17/2009, de 15 junio. Modifica la Orden de la Con- Page 131 sejería de Economía y Hacienda de 27-4-2001, por la que se regula la prestación de servicios entre la Comunidad Autónoma de Cantabria y las entidades locales en materia de recaudación de ingresos en vía ejecutiva. (BOC 24-6-2009).

(Castilla-La Mancha)

Orden, de 6 mayo 2009. Aprueba las normas para la aplicación de los medios de valoración previstos en el artículo 57 de la Ley 58/2003, de 17-12-2003, General Tributaria a los bienes inmuebles de naturaleza urbana, en el ámbito de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, para el año 2009 (DOClM 15-5-2009).

(Cataluña)

Orden ECF/218/2009, de 16 abril. Aprueba los honorarios de los/las peritos terceros/as en las tasaciones periciales contradictorias (DOG 5-5-2009).

Orden ECF/292/2009, de 21 mayo. Modifica la Orden ECF/523/2008, de 10-11-2008, que determina los requisitos necesarios para no liquidar y anular las liquidaciones de deudas tributarias y no tributarias de la Generalidad de Cataluña que no excedan de 50 euros, y que determina el límite exento respecto del cual en las solicitudes de fraccionamiento y aplazamiento no será necesaria la aportación de garantías (DOG 10-6-2009).

(Galicia)

Orden de 29 mayo 2009. Reguladora de aplazamientos y fraccionamientos de pago de deudas que correspondan a ingresos de derecho público de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG 10-6- 2009). Page 132

(La Rioja)

Orden de 29 mayo 2009.Establece las normas para el aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas de derecho público cuya gestión corresponde a la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja (BOR 5-6-2009).

Comunidades forales

(Navarra)

Orden Foral 59/2009, de 23 abril Aprueba el modelo del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes S-90, de autoliquidación para los períodos impositivos iniciados entre el 1 enero y el 31 diciembre 2008, y dicta las normas para la presentación de las declaraciones ( BON 1-5-2009).

Orden Foral 60/2009, de 23 abril. Aprueba, para los grupos fiscales que tributen por el régimen de consolidación fiscal, el modelo 220 de autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades para los períodos impositivos iniciados entre el 1 enero y el 31 diciembre 2008, y dicta las normas para la presentación de las declaraciones (BON 22-5-2009).

Orden Foral 66/2009, de 4 mayo. Establece el procedimiento para la devolución extraordinaria de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por los agricultores o ganaderos por las adquisiciones de gasóleo (BON 8-6-2009).

Ley Foral 6/2009, de 5 junio. Medidas urgentes en materia de urbanismo y vivienda (BON 15-6-6-2009).

El Título III se refiere a medidas fiscales. El artículo 18 establece un incremento en la deducción por inversión en vivienda habitual para adquisición de viviendas de precio libre limitado que se adquieran desde la entrada en vigor de esta Ley Foral hasta el 31 de diciembre de 2011 inclusive. Los primeros adquirentes de esta tipología de vivienda podrán beneficiarse de un incremento en Page 133 cinco puntos de los actuales porcentajes en la deducción por adquisición de la vivienda habitual. El objetivo del artículo 19 es completar y ampliar la medida ya aprobada en la Ley Foral 22/2008, de 24 de diciembre, referida, en los supuestos de exención por reinversión en la transmisión de la vivienda habitual, a la ampliación de dos a cuatro años del plazo para efectuar la enajenación de la vivienda habitual en los casos en que la transmisión de ésta tiene lugar con posterioridad a que se hayan destinado cantidades para adquirir o rehabilitar una nueva vivienda habitual. El artículo 20 establece que en los casos en los que un contribuyente, habiendo dispuesto de las cantidades de su cuenta vivienda para adquirir una vivienda habitual, por causas excepcionales no pueda adquirirla, si reintegra estas cantidades en su cuenta vivienda o en otra nueva, no perderá el derecho a deducción. Habrá de acreditarse la entrega de las cantidades dispuestas de la cuenta vivienda al vendedor o promotor, así como su devolución y reintegro en una cuenta vivienda.

Ley Foral 7/2009, de 5 junio. Regula la asignación tributaria del 0,7 por...

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