Fiebre porcina clásica en España: continua vigente la prohibición de exportar desde varias regiones y comarcas españolas

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El Comité Veterinario Permanente (CVP) ha votado el dia 22.06.2001 a favor de una propuesta de la Comisión dirigida a reexaminar la zona española a partir de la cual se prohiben las exportaciones de cerdos vivos, esperma óvulos y embriones de animales de la especie porcina, como respuesta a los brotes registrados de fiebre porcina clásica. Estas restricciones se aplican actualmente en la región autónoma de Cataluña (con excepción de la provincia de Gerona), la provincia de Castellón y parte de la provincia de Huesca. La propuesta será adoptada por la Comisión en los próximos días y será aplicable hasta el 15 de julio.

El 14 de junio de 2001, se notificó a los servicios de la Comisión la existencia de un brote de fiebre porcina clásica en una explotación de la provincia de Lérida en Cataluña. El mismo día, la Comisión adoptó una decisión para restringir las exportaciones de cerdos vivos y de esperma, óvulos y embriones de animales de la especie porcina a partir de la región autónoma de Cataluña (España). Hasta la fecha se han confirmado siete brotes: seis en la provincia de Lérida en Cataluña y uno en la provincia de Castellón.

Las autoridades españolas han adoptado las medidas establecidas en la Directiva 80/217/CEE del Consejo, de 2 de enero de 1980, por la que se establecen medidas comunitarias para la lucha contra la fiebre porcina clásica. Estas medidas incluyen el establecimiento de zonas de protección de 3 km y de zonas de vigilancia de 10 km alrededor de las instalaciones infectadas, un censo de todas las explotaciones situadas en esas zonas y la rastreabilidad de movimientos de animales vivos y...

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