Entrevista al Ilmo. Sr. D. Martín Rodríguez Sol, Fiscal Jefe de la Audiencia Provincial de Lleida

Curs&oacute sus estudios de derecho en la ciudad de Lleida, licenci&aacutendose en 1978. Ingresa en la carrera fiscal, en 1980, siendo su primer destino San Sebasti&aacuten. En 1982 obtiene el traslado a Barcelona, siendo nombrado Fiscal Jefe de la Audiencia Provincial de Lleida en 1995, cargo que ha venido desempe&ntildeando hasta la actualidad; siendo asimismo Presidente de la Asociaci&oacuten de Fiscales.

1.- No podemos olvidar que su familia desde siempre ha estado muy vinculada a esta ciudad y a la Administraci&oacuten de Justicia en todas sus vertientes.

øPor qu&eacute eligi&oacute la carrera fiscal y no judicaturas o abogado?

Hay dos ramas: los Sol y los RodrÌguez. En la familia Sol se han dedicado a la abogacÌa y uno de ellos fue Decano del Colegio de Abogados, aunque siempre han cultivado la rama de la historia. En la familia RodrÌguez abundan jueces y fiscales, el bisabuelo fue Juez, como el abuelo, luego hay tÌos y primos jueces y fiscales. Yo creo que fuÌ Fiscal porque, concretamente, mi padre era Fiscal y en ese sentido me marc&oacute bastante para bien. Yo conocÌa la fiscalÌa desde que era peque&ntildeo, iba con mi padre a pasar las ma&ntildeanas de los s&aacutebados y me gustaba como trabajaba mi padre.

En aquel momento no sabÌa lo que era ser fiscal porque hasta que no llegu&eacute a la Escuela Judicial no lo supe. Cuando hice la oposici&oacuten, era una oposici&oacuten conjunta de jueces y fiscales, de manera que hasta que no aprobabas no elegÌas y en aquella &eacutepoca los fiscales Ìbamos a la capital de provincia y los jueces tenÌan que pasar un temporada por un pueblo y eso tambi&eacuten marcaba bastante la decisi&oacuten. Supongo que la suma de la tradici&oacuten familiar y este elemento provoc&oacute que mi duda durara poco en la Escuela y optara por la carrera Fiscal..., y la verdad es que no me he arrepentido nunca.

2.- Desde el a&ntildeo 2000 se han venido produciendo importantes reformas legislativas con la idea de agilizar la justicia. Quiz&aacutes la m&aacutes importante, por innovadora, son los denominados "juicios r&aacutepidos", en los que la instrucci&oacuten es casi inmediata y en menos de quince dÌas se ha celebrado el juicio. øQu&eacute opini&oacuten le merece despu&eacutes de m&aacutes de un a&ntildeo de funcionamiento? øCree que es un proceso con todas las garantÌas?

Los fiscales en la medida en que hemos de defender la legalidad, nos gusta que el proceso se haga bien y se haga con respeto para todas las partes. Yo los juicios r&aacutepidos ya los habÌa vivido en Barcelona en el tiempo que estuve destinado allÌ; y recuerdo con agrado la &eacutepoca en que en el Juzgado de Guardia ya hacÌamos el escrito de calificaci&oacuten, en los a&ntildeos 92 o 93, y la persona salÌa citada para al cabo de quince dÌas, momento en que se celebraba el juicio.

Creo que todos estamos de acuerdo en que la justicia tiene que ser pronta, debe intentar, en la medida de lo posible, ser r&aacutepida a la vez que respetuosa. La experiencia con el denominado juicio r&aacutepido, que venia a solucionar el anterior juicio r&aacutepido, que por lo que fuera en muchos sitios no sabÌamos aplicar o no &eacuteramos capaces de aplicar, demuestra que muchos supuestos se acogen a esta posibilidad de juicio r&aacutepido. Con esta nueva modalidad en un plazo brevÌsimo se formula la acusaci&oacuten y en muchos casos en el mismo dÌa se dicta la sentencia. Con todo, para que la reforma fuera eficaz, hizo falta una contrarreforma, una reforma de la reforma, que vino a solucionar lo que al principio no se habÌa detectado, pues tenÌamos el juicio, tenÌamos la sentencia pero &eacutesta no se ejecutaba -esto es lo que pas&oacute los primeros meses-. La contrarreforma permiti&oacute que el propio Juzgado de Guardia pudiera contemplar la posibilidad de ejecutar la pena, esto ya fue acabar de cerrar todo el proceso r&aacutepido, de manera que aquellas personas que precisaban un tiempo de reflexi&oacuten y descanso en un centro penitenciario pudieran ir cuanto antes a disfrutar de estos fines ben&eacuteficos que contempla la pena; a fin de que el reo valore la gravedad de lo que ha hecho. Pienso que a veces maleducamos a los reos cuando constatan "que no pasa nada", ese famoso entrar y salir del Juzgado de Guardia. Con el juicio r&aacutepido nos podrÌa pasar lo mismo: ya tiene una sentencia condenatoria pero vuelve a la calle Mayor a hacer trastadas o a la calle Caballeros a comprar drogas, y a seguir haciendo lo poco que puede, porque generalmente ha llegado a un grado de marginalidad que no le permite vivir con normalidad. En esos momentos la ley debe ser dura y educadora.

3.- Los juicios r&aacutepidos, en una mayor parte acaban en conformidades, por la rebaja de la tercera parte de la pena.

øQu&eacute opini&oacuten le merecen las conformidades?

Desde luego es un premio para el que acepta el castigo. Todos hemos...

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