La «enfermedad política» de Cataluña: en torno a la diputación de los colegios y gremios de Barcelona (1773-1775)

AutorCarlos Garriga
Páginas721-748

    «La libertad es la que nos hemos propuesto alcanzar, lo procuraremos hasta el último esfuerzo.»

    (Carta de la Diputación gremial, 25-12-1773)

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  1. El profesor Tomás y Valiente resumía en 1995 el debate constitucional desarrollado en España durante la segunda mitad del siglo XVIII con las siguientes palabras: «el dilema entre uniformidad o pluralidad jurídica, entre organización de la nación sobre bases jurídicas unas y las mismas para todas sus partes, o sobre el reconocimiento de la pluralidad constitutiva, distaba mucho de haber alcanzado un diagnóstico contundente. ¿Virtud o vicio? ¿Ventaja o desventaja? ¿Riqueza o enfermedad de la que hay que curarse? Cuestión abierta». Abierta porque, al tiempo que se desarrolla entonces notablemente la conciencia política de España como nación, algunos de sus territorios fortalecen su constitución histórica propia, alzándose en las últimas décadas de la centuria como «cuerpos políticos de Provincia» y en cualquier caso se mantiene viva a lo largo de toda ella la memoria de la pluralidad constitutiva de la Monarquía hispánica. El mito del uniformismo borbónico, interesadamente construido por la historiografía decimonónica, no ha resistido el análisis histórico desarrollado en los últimos años. Una expresión de Antonio de Capmany, recordada por el propio Tomás y Valiente a este propósito,Page 722 podría servir quizá para sintetizar su síntesis: la Monarquía hispánica deviene a lo largo del siglo XVIII en la «España de las provincias»1.

    Cataluña era una de ellas. El Principado, como los restantes reinos de la Corona de Aragón, evidentemente no estaba en condiciones de constituirse en «cuerpo político de Provincia». Sin embargo, por muy rotundas que fuesen las declaraciones oficiales, a estas alturas no es menos evidente que la posición de Cataluña en la Monarquía borbónica no puede explicarse simplemente invocando el tópico del «absolutismo centralista» o -lo que viene a ser igual- zanjarse lamentando el fin de la nación catalana, idea que ha dominado más o menos matizadamente durante largo tiempo la interpretación de la Cataluña borbónica 2 y llevaría a resumir su historia política en «l'esforç per a esdevenir provincia», entendido precisamente como «l'esforç, i el zel que els catalans del setcents van portar a aquesta obra de propia desnacionalització»3. Frente a esta idea, principalmente E. Lluch ha puesto de manifiesto que, una vez apagados los últimos ecos de resistencia austracista4, durante el reinado de Carlos III5, el pensamiento ilustrado catalán logró articular un coherente proyecto de Cataluña como Provincia de la Monarquía (esto es, una afirmación política diferencial dentro del marco institucional borbónico, presente ya en el memorial de 1760 6); aunque a menudo este proyecto sea valorado simplemente como un eslabón que enlaza el austracismo con la Renaixenqa y se dé por supuesto que en su vertiente política no tuvo apenas repercusión práctica7.Page 723

    Quizá esta conclusión sea excesivamente prematura. Si de verdad estamos ante un proyecto articulado -como Lluch defiende, hasta donde puedo alcanzar, con pleno acierto- entonces no pueden juzgarse sus resultados de forma aislada (es decir, por la atención que tal o cual propuesta pudiera merecer en las instancias oficiales), sino globalmente, y para esto me parece imprescindible atender al juego de complicidades y resistencias, tolerancias e imposiciones que generó la práctica institucional del «régimen de la nueva planta»8. Vicens Vives llamó hace tiempo la atención sobre los abismos que median «desde la apología principesca a la ordenación institucional del Estado y desde esta misma ordenación a la simple práctica de gobierno»9. Tengo para mí que sin conocer mejor la actuación de las instituciones de Cataluña en el siglo XVIII (en particular, las de ámbito provincial) difícilmente podrán escrutarse las posibilidades de realización que tuvo el proyecto ilustrado catalán10. A fin de cuentas, se trataría de saber en qué medida sus propuestas nacían de y/o tuvieron repercusión en la configuración de una práctica de gobierno -por así decir- diferenciada. Me apresuro a declarar que no es éste mi propósito aquí. Bastante osado me parece ya el mucho más limitado de analizar -aprovechando el planteamiento de Tomás y Valiente y con el trasfondo que acabo de esbozar- el papel de los colegios y gremios de Barcelona en las revueltas de 1773, que han pasado a la historia con el nombre de avalots de les quintes 11.Page 724

    Según Mercader, «el hecho más decisivo de la Nueva Planta felipista en el orden ciudadano y social es la desvinculación del gremio artesano de la entidad político-administrativa que es el municipio»12, seguramente guiada por el propósito de truncar cualquier posibilidad de participación política del común, dado el carácter abiertamente aristocrático del nuevo ayuntamiento 13. No obstante, las corporaciones de oficios mantuvieron su importancia en la sociedad catalana14, y a partir de mediados de siglo, cuando hacía años que se habían apagado las últimas manifestaciones de oposición frontal al régimen de la Nueva Planta y Cataluña mostraba claros signos de florecimiento económico, comenzaron a hacer valer de modo visible el peso que tenían, fuera oponiéndose a la actuación del aristocrático municipio borbónico, fuera colaborando con las autoridades reales en el mantenimiento de un orden que aquéllas se veían incapaces de salvaguardar por sus solos medios. En ambos casos, la irrupción de los gremios en la vida pública -si así puede decirse- se manifestó bajo la forma de juntas representativas del conjunto de las corporaciones de la ciudad, posición desde la cual jugaron en ocasiones un papel relevante en la vida municipal15. Aparentemente, estasPage 725 intervenciones se hallaban amparadas en su mera fuerza social: los gremios eran cuerpos legales, pero no tenían título para actuar públicamente de modo representativo. Sin embargo, las propias corporaciones buscaron ofrecer una cobertura teórica más sólida a su vocación política, cuyo primer paso fue la Disertación encargada en 1766 por los gremios barceloneses a Roma i Rosell, uno de los artífices del «memorial de greuges» de 1760, esencialmente encaminada a demostrar su carácter natural (lo que equivalía a decir, sin asumir el coste de hacerlo, indisponible para el poder político) y, por tanto, inherente a una sociedad bien ordenada, en la que los gremios obran «en lo político un milagro del mejor gobierno» 16. Este papel distaba de ser pacíficamente aceptado, como puso de manifiesto la reacción contra la participación de los gremios en la elección de los cargos municipales creados en 1766, una suerte de contraofensiva impulsada en Cataluña por quienes entendían que «la plebe es monstruo fácil siempre a moverse contra la nobleza» y, en consecuencia, debía permanecer al margen de los negocios públicos17. De ahí que sea doblemente significativa la unanimidad que parece registrarse en torno a los gremios en las revueltas de 1773, aunque no siempre haya sabido verse así.

    La historiografía catalana ha tratado a menudo conjuntamente la revuelta de las quintas y los llamados rebomboris del pa de 1789, que fueron los conflictos más graves que padeció la Cataluña borbónica, considerando al primero como antecedente del segundo 18. Sin embargo, uno y otro presentaron unas características propias lo suficientemente acusadas como para desaconsejar esta asimilación: mientras que la de 1789 tiene todas las típicas de las revueltas de los humildes contra los poderosos motivadas por las crisis de subsistencias 19, la resistencia al reclutamiento por quintas implicaba la defensa de una libertad antigua y fue asumida, por medios políticos (o sea, no violentos), por sectores amplios y muy diversos de la sociedad catalana, desde luego más amplios y diversos que los directamente afectados por la orden real de alistamiento. Es este movimiento de oposición, capitaneado por los colegios y gremios de Bar-Page 726celona, y no tanto el aldarull del día 4 de mayo de 1773 en sí mismo, lo que aquí nos interesa20.

  2. El origen del conflicto se encuentra en la oposición al reclutamiento decretado a fines de 1772, en aplicación de la Real Ordenanza para el reemplazo anual del Ejército de 177021. Esta orden despertó en Cataluña un malestar considerable, hasta el punto de motivar, al parecer por iniciativa de Barcelona, la convocatoria de una así llamada Junta General de Provincia, reunida ad hoc en esa capital con permiso del capitán general22. Aunque se ignoran todos los detalles del caso, sabemos que estaba formada por comisionados o diputados de los ayuntamientos cabezas de corregimiento del Principado (con el Valle de Aran), y es evidente que por esto mismo le prestaba, si no representación, al menos sí una voz común que convertía a la Provincia como tal en interlocutor ante las autoridades reales. La Provincia, de hecho, adoptó de tal guisa el acuerdo de suplicar la exención de quintas (y, subsidiariamente, la conmutación de este servicio por su equivalente) e hizo oír la voz que así había tomado elevando, en febrero y marzo de 1773, sendas representaciones al rey23. Con esa ocasión, la Junta designó a unPage 727 tal don Gabriel Garriga como agente o comisionado para que en su nombre solicitase el despacho de las mismas en la Corte 24. Comoquiera que el rey no accedió a estas súplicas, la Junta quedó disuelta entonces, pero Garriga se mantuvo apoderado en Madrid y firme Barcelona en su empeño de eludir el reclutamiento. No bien se pusieron aquí en marcha las complicadas operaciones de alistamiento prescritas en las Ordenanzas militares, comenzaron a aparecer pasquines y circularon papeles subversivos que, al parecer, llamaban a la desobediencia25. En medio de este ambiente agitado, en abril, las autoridades requirieron de los colegios y gremios de Barcelona sendas listas de los mozos solteros individuos de sus respectivos cuerpos, orden que éstos eludieron...

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