Educación bilingüe en la Comunidad Valenciana: éxitos y fracasos

AutorManuel Triano López
Páginas117-127

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Este trabajo pretende un acercamiento a la actual política lingüística de la Comunidad Valenciana en la parcela de educación. Como se comprobará, aunque no hay que desdeñar ciertos logros conseguidos por el Gobierno valenciano, es necesario que también se haga frente a una serie de problemas que impide el cumplimiento de la legislación vigente, resumida en el art. 1 de la Ley 4/1983, de 23 de noviembre, de uso y enseñanza del valenciano, abajo citado:

  1. La presente Ley tiene por objetivo genérico dar cumplimiento y desarrollar lo dispuesto en el artículo séptimo del Estatuto de autonomía, regulando el uso normal y oficial del valenciano en todos los ámbitos de la convivencia social, así como su enseñanza.

  2. En base a ello son objetivos específicos de la presente Ley los siguientes:

    a)Hacer efectivo el derecho de todos los ciudadanos a conocer y usar el valenciano.

    b)Proteger su recuperación y garantizar su uso normal y oficial.

    c)Regular los criterios de aplicación del valenciano en la Administración, medios de comunicación social y enseñanza.

    d)Delimitar los territorios en los que predomina el uso del valenciano y castellano.

    e)Garantizar, con arreglo a principios de gradualidad y voluntariedad, el conocimiento y uso del valenciano a todo el ámbito territorial de la Comunidad.

    En un reciente estudio {Triano López) sobre actitudes lingüísticas en la Comunidad Valenciana, un 41,88% de los sujetos encuestados (191 en total) dominaba más el castellano, el mismo porcentaje para los que dominan las dos lenguas por igual. Además, un 13,8% consideraba su valencianoPage 118mejor que su castellano, mientras que un 3,14 % se declaran monolingües en castellano. Es decir, un 55,68% de los entrevistados piensa que habla valenciano al menos tan bien como el castellano. Una vez excluidos los sujetos monolingües, de las 185 personas que manifestaron saber algo de valenciano, 152 (un 82,16%) lo aprendieron a través del sistema educativo (colegio, instituto, universidad).

    En este estudio, los resultados a la pregunta «¿Cómo es tu valenciano leído?» contrastaban claramente con los de la encuesta realizada por la Dirección General de Política Lingüística valenciana en 1992 (citado en Etxe-barría, 311). De los 6,675 encuestados en dicho estudio, sólo un 10,8 % decían saber leer perfectamente, mientras que un 35 % leía bastante bien.

    En el estudio más reciente, se propuso una escala de 5 valores (exce-lente-bueno-medio-pobre-nulo) para determinar cómo leían en valenciano los encuestados. De los 185 sujetos no monolingües, el 49,72 % opinaban que leían perfectamente en valenciano, mientras que un 42,7 % afirmaban que leían valenciano bien. En otras palabras, los resultados muestran una notable mejoría respecto a la capacidad lectora de los encuestados. Por lo tanto, no sería descabellado pensar que la enseñanza del valenciano en el sistema educativo valenciano sea, al menos en parte, responsable de esta mejoría. Es decir, si un 82 % de los encuestados aprendieron valenciano a través de la escuela, es porque el Gobierno autonómico les dio facilidades para ello. Precisamente este aspecto es el próximo a tratar.

    Según la Conselleria de Educación, el organismo gubernamental que regula el sistema educativo en la Comunidad Valenciana, 132.000 alumnos (repartidos en 650 escuelas de educación infantil y primaria, y 213 de secundaria) cursan sus estudios en valenciano por medio de uno de los 4 posibles programas de educación bilingüe: la enseñanza en valenciano (pev); el programa de inmersión lingüística (pjl); el programa de incorporación progresiva (pip); y el programa bilingüe enriquecido (pbe), de carácter experimental y que introduce la tercera lengua en la enseñanza (Europa Press).

    Si se comparan estas cifras con las de años anteriores, se nota un aumento en las líneas bilingües y en el número de alumnos. En el curso 1994-1995 había 511 centros de infantil y primaria que impartían enseñanza en valenciano, mientras que en el curso escolar 1995-1996, la cifra se amplió hasta los 559 centros, más 99 de educación secundaria, es decir, un total de 658 centros (García, «Frenazo»), El número de alumnos que recibieron enseñanzas en valenciano en el mismo curso fue de 74.277 (Europa Press). En el 1996-97, el incremento fue de 44 centros. En el curso 1999-2000, y siempre citando cifras de la Conseileria, 96.171 estudiantes se matricularon enPage 119la línea de valenciano en 644 centros de primaria y 25.247 en 193 institutos. En total, cursaron esta lengua 121.500 escolares (Ducajú, «Educación»).

    Sin embargo, un análisis de los datos por provincias revela una implantación irregular de estos programas (García, «Frenazo»). El 84 % de los colegios de Castellón ofrece la posibilidad de aprender en valenciano (el 70% en Castellón de la Plana), mientras que en Valencia el porcentaje desciende hasta situarse en el 49 % (el 24 % en la capital) y en Alicante baja vertiginosamente hasta el 35 % (el 9 % en la ciudad). Por lo tanto, la Conselle-ria de Educación necesita volcarse de manera más activa con las provincias de Valencia y Alicante, que justamente son las que experimentan un mayor crecimiento demográfico (García, «Frenazo»).

    Otro de los desequilibrios a tener en consideración es la desigualdad entre los centros públicos y los privados, ya que la enseñanza en valenciano queda relegada a los primeros (García, «Frenazo»). De los 650 colegios de infantil y primaria con líneas en lengua autóctona, sólo 27 son privados concertados (4 %). La provincia de Alicante, por ejemplo, no cuenta con ninguno (García, «Frenazo»). Teniendo en cuenta que la red privada representa en torno al 40% de la oferta educativa valenciana, y que en las grandes ciudades ese porcentaje se acerca al 60%, se avista un sistema doble por el que la enseñanza en valenciano queda para la pública, mientras que el aprendizaje de prestigio es exclusivamente en castellano (García, «Frenazo»).

    La situación del valenciano en la educación secundaria está sin regular, es decir, todas las plazas docentes saien en castellano. Si existen líneas de enseñanza en lengua autóctona es por la iniciativa de los instituto;; (García, «Educación»). Por lo tanto, el azar de tener profesores capacitados lingüísticamente mantiene vivo el aprendizaje bilingüe cuando concluye la formación primaria (García, «Educación»). Para dar una idea de la situación en el nivel secundario, durante el curso 1999-2000 estuvieron adscritos a programas en valenciano 25.247 alumnos, una cifra que representa el 9% de los estudiantes de secundaria (García, «Educación»).

    El artículo 23 de la Ley 4/1983, citado más abajo, ha causado gran controversia en el entorno educativo valenciano, marcado por la precariedad del requisito lingüístico para acceder a la docencia en la Comunidad Valenciana. A pesar de que el conseller de Educación, Manuel Tarancón, ha estimado que el 87 % de la plantilla docente ha adquirido la competencia lingüística en valenciano (Ducajú, «Educación»), la Conselleria todavía adjudica plazas definitivas de maestro sin solicitar previamente el conocimiento de la lengua autóctona (García, «Frenazo»).

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    Artículo 23 de la Ley 4/1983, de 23 de noviembre, de uso y enseñanza del valenciano:

  3. Dada la cooficialidad del valeniano y castellano, los profesores deben conocer las dos lenguas.

  4. Los profesores que a la entrada en vigor de la presente Ley no posean un conocimiento suficiente del valenciano serán capacitados progresivamente mediante una política de voluntariedad, gradualidad y promoción profesional,

  5. El Consell de la Generalidad Valenciana deberá procurar que en los Planes de Estudio de las Universidades y Centros de Formación del Profesorado se incluya el valenciano como asignatura, y de manera especial en estos últimos centros, de modo que todos los profesores, al término de su formación, tengan un conocimiento del valenciano en sus niveles oral y escrito, en igualdad con el que posean del castellano. Y todo ello sin perjuicio de lo establecido en la legislación general sobre la materia.

    El motivo para que se impida el acatamiento del art. 23 de la Ley 4/1983 se basa en una moratoria impuesta desde la Conselleria, por la cual los docentes tienen hasta el año 2005 en las comarcas valencianohablantes de la Comunidad Valenciana para adquirir esa competencia, y hasta el 2011 en las zonas castellanohablantes (García, «Frenazo»), Dicho aplazamiento ha servido también para los concursos de traslados, como admitió el mismo conseller (Ducajú, «Educación»), de tal forma que maestros que desconocen la lengua autóctona han podido entrar en colegios con líneas de enseñanza de valenciano (García, «Frenazo»),

    La carencia de profesorado bilingüe ha provocado la reacción fulminante de las diversas asociaciones afectadas por la moratoria. Así, la Federación de Asociaciones de Padres de Alumnos (fapa) de la comarca de Elche anunció medidas (p. ej., ruedas de comprobación) ante la posible situación del profesorado en los colegios de Elche con líneas en valenciano (S.). Según Blanca González, presidenta de la Federación, en el curso 1999-2000 unos quince profesores no contaban con la titulación adecuada (S.). Por su parte, la Federación de Asociaciones en Defensa de la Lengua, Escola Valenciana, y la fapa de Valencia también mostraron su preocupación por la necesidad de capacitación lingüística del profesorado en programas bilingües (M., J. y V. B.).

    Finalmente, el Sindicat de Treballadors de l'Ensenyament (ste-pv) aludió que el pasado mes de julio no exigió el valenciano a los profesores interinos que acudieron a la adjudicación de plazas en las especialidades de inglés, música, francés, audición y lenguaje, psicología terapéutica, educación física o música (Arabí, «Vacantes»). Además, el sindicato alega que sePage 121prescindió de pedir el certificado de maestro de valenciano a quienes eligieron una plaza de eso en centros en los que la secundaria obligatoria no ha sido desgajada, situación en la que se encuentra un 46% de las escuelas. públicas valencianas (Arabí, «Vacantes»). De ahí que sea práctica cotidiana que los propios centros de inmersión lingüística (pil) y de incorporación progresiva (pip) solventen la falta de competencia lingüística de algunos de sus profesores (Arabí, «Vacantes»),

    En relación con la inquietud existente entre los padres por el cumplimiento de la opción lingüística que han elegido para sus hijos, la oficina del síndic de greuges (defensor del pueblo valenciano) recibió 373 quejas sobre estas materias, el 23 % del total recibido durante el año 1999 (Hernández). En este sentido, Escola Valenciana recordó la denuncia presentada por los padres de los alumnos del instituto de enseñanza secundaria de Cotes Bai-xes, en la comarca de Alcoi. Dicha denuncia tardó un año en ser atendida por la Conselleria (C. y efe).

    En su informe de 2 de octubre del 2000, el por entonces síndic, Luis Fernando Saura, achacó las protestas de los ciudadanos a «una posible insuficiencia de profesores que reúnan los requisitos exigidos para impartir la enseñanza de esta lengua y garantizar el derecho de los alumnos a cursar sus estudios en valenciano» (Hernández). El Sr. Saura llegó a recomendar a la Conselleria de Educación que extremara las medidas para «proteger y difundir nuestra lengua» (Hernández).

    El Sr. Saura volvió a arremeter poco después contra la política lingüística de la Conselleria de Educación, a la que instó a adoptar «medidas ordinarias y extraordinarias para garantizar la aplicación efectiva de los programas de educación bilingüe en los centros sostenidos con fondos públicos» (Arabí, «Síndic»). La resolución se produjo a raíz de una denuncia presentada por los padres de alumnos de un centro de inmersión lingüística porque sus hijos no recibían todas las clases en valenciano. La misma Conselleria admitió la falta de capacitación de dos de los maestros del citado centro (Arabí, «Síndic»).

    De los artículos 18 y 24 de la Ley 4/1983, de 23 de noviembre, de uso y enseñanza del valenciano, citados más abajo, se puede desprender que la enseñanza del valenciano se complica en las comarcas castellanohablantes, declaradas como tales atendiendo a principios históricos (art. 36 de la Ley 4/1983). En estas zonas los alumnos pueden ser eximidos de la asignatura de lengua autóctona, es decir, puede presentarse el caso de alumnos que finalizan su escolarización sin haber tenido contacto alguno con el valenciano. Para enmarañar aún más la situación, los alumnos que disfrutan de esta exención permanecen en el aula mientras el resto recibe la materia de va-Page 122lenciano (García, «Frenazo»). Los colectivos partidarios de la defensa del valenciano en la educación creen conveniente la modificación de la Ley 4/1983 para demandar la obligatoriedad de la clase de valenciano.

    Artículo 18 de la Ley 4/1983, de 23 de noviembre, de uso y enseñanza del valenciano:

  6. La incorporación del valenciano a la enseñanza en todos los niveles educativos es obligatoria. En los territorios castellano-parlantes que se relacionan con el Título Quinto, dicha incorporación se llevará a cabo de forma progresiva, atendiendo a su particular situación sociolingüística, en la forma que reglamentariamente se determine

    Artículo 24 de la Ley 4/1983, de 23 de noviembre, de uso y enseñanza del valenciano:

  7. La obligatoriedad de aplicar el Valenciana en la enseñanza de los territorios señalados como de predominio valenciano-parlante en el Título Quinto,quedará sin efecto de manera individual cuando los padres o tutores que lo solíciten acrediten fehacientemente su residencia temporal en dichos territorios y al formalizar la inscripción, el deseo que a sus hijos o tutelados se les exima de la enseñanza del valenciano.

  8. El Consell de la Generalidad valenciano introducirá progresivamente la enseñanza del valenciano en los territorios de predominio lingüístico castellano relacionados en el Título Quinto, y favorecerá cuantas iniciativas públicas y privadas contribuyan a dicho fin. Todo ello sin perjuicio de que los padres o tutores residentes en dichas expresen, zonas puedan obtener la exención de la enseñanza del valenciano para sus hijos o tutelados, cuando así lo soliciten al formalizar su inscripción.

    El siguiente conflicto lo constituyen los libros de texto en valenciano. El último estudio, correspondiente al año 1999, sobre «El comercio interior del libro en España», señala que se editaron en España 14.913 títulos de libros de texto de educación no universitaria, de ellos 1.118 fueron en la lengua valenciana (Raga). A pesar de que esta cifra puede resultar suficiente para apoyar la enseñanza en valenciano, los sindicatos han venido denunciando la falta de material didáctico en esta lengua (García, «Frenazo»).

    Así, los partidos de la oposición criticaron con dureza la decisión del obispo de la diócesis de Segorbe-Castellón, Juan Antonio Reig Pla, de dejar de proveer a las librerías de Castellón de los textos empleados por los alumnos de catequesis de la línea en valenciano (Redondo). El obispado de Segorbe-Castellón respondió al aluvión de críticas entregando a la libreríaPage 123religiosa Roses, de Castellón, 540 ejemplares de catecismos en valenciano (Cabanillers, «Obispos valencianos»).

    Sin embargo, el obispo de Segorbe-Castellón propuso redactar un nuevo catecismo para su uso en las diócesis de Valencia, Segorbe-Castellón y Orihuela-Alicante {Cabanillers, «Obispos valencianos»). Este futuro catecismo no contará con una versión en la lengua autóctona hasta que: la Academia Valenciana de la Lengua establezca unas normas ortográficas, ignorando las utilizadas actualmente por todas las instituciones públicas (Cabanillers, «Obispos no editarán»). Esta decisión sin duda tensará la situación aún más, ya que el Obispado no había necesitado de la Academia Valenciana de la Lengua para instruir a los catecúmenos (Cabanillers, «Obispos no editarán»).

    Otro aspecto a considerar es la decisión de la Conselleria de Educación de homologar los libros de texto para evitar vocablos, expresione;; e ideas ajenos al vocabulario y a la realidad de la Comunidad Valenciana (García, «Frenazo»). Así, el presidente de la Comunidad, Eduardo Zaplana, ha defendido una educación que «no adultere la historia» (Marco). Esto se ha traducido en la exigencia de adaptar los libros de texto para «no distorsionar las señas de identidad» de los valencianos, lo que excluye referencia alguna a la unidad de la lengua catalana (Marco).

    Los requerimientos de educación, en vigencia desde 1997, han obligado a las editoriales a contorsiones lingüísticas (p. ej., eufemismos) para no caer en posiciones no científicas, o para proporcionar distintas ediciones según el público al que van dirigidas. Por ejemplo, «Lengua Educación Primaria 6o» de Everest en su versión para fuera del territorio valenciano recoge que «en España hay cuatro lenguas», y engloba al valenciano como dialecto del catalán. Sin embargo, para recibir la homologación de la Ge-neralitat valenciana, otra versión del libro de texto afirma que «en España hay cinco lenguas», incluyendo el valenciano (Marco).

    Otro de los frentes que necesitan más atención por parte del Ejecutivo valenciano es la población escolar extranjera de la Comunidad, la cual se ha duplicado en los dos últimos cursos como reflejo del influjo de trabajadores inmigrantes. En el ejercicio académico 1997-98, 230 niños extranjeros estudiaban en la ciudad de Valencia, mientras que en el actual 2000-2001, la cifra llega a los 930; en Castellón se ha pasado de 122 alumnos extranjeros a más de 230 (Ducajú, «Extranjeros»). El mayor porcentaje de esta población escolar lo constituyen alumnos provenientes de la UE, aunque también hay alumnos africanos, asiáticos y latinoamericanos (Ducajú, «Extranjeros»).

    El presidente del Bloc Nacionalista Valencia, Pere Mayor, reclamó que el presidente de la Generalitat «ejecute las reformas pertinentes en elPage 124sistema educativo para atender las necesidades de los inmigrantes» («El Bloc reclama»). Por su parte los sindicatos Fete-ugt y cc.oo. han realizado distintas propuestas contra la xenofobia en los centros educativos. La FETE aboga además por la formación y concienciación del docente que fomente «la integración de estudiantes con dificultades de idioma, procedencia multicultural, con diversidad de costumbres» (Ducajú, «Extranjeros»).

    Cabe preguntarse si el Gobierno valenciano tiene en su agenda un proceso de certificación y posterior contratación de profesores con conocimientos de las distintas lenguas habladas por estos alumnos, lo que facilitaría su integración dentro del entorno escolar, o si los alumnos deben cursar sus estudios en centros exclusivamente castellanoparlantes o en aquellos con líneas en valenciano.

    Hasta ahora, el presente trabajo se ha centrado en el nivel no universitario. No obstante, la política lingüística aplicada a las universidades de la Comunidad Valenciana tampoco está exenta de conflictos. En primer lugar, la demanda de clases en lengua autóctona se ha doblado en casi una década en la Universitat de Valencia. En 1990, el 12,5 % de los alumnos reclamaba ese derecho, mientras que en el curso 1998-99 —el último del que el Servei de Normalització Lingüística tiene los datos procesados—, el porcentaje ascendía al 25,8% (García, «Rectorado»). Sin duda, el esfuerzo del Gobierno autonómico por acercar el valenciano a la población guarda relación directa con este auge. Sin embargo, en el curso 1995-96, de las personas que deseaban recibir la enseñanza en valenciano, sólo vieron cumplida esa expectativa el 51 %. En el curso 1998-99, el porcentaje se incrementó hasta el 63 % (García, «Rectorado»),

    Al menos parte de esta desigualdad se deriva de la tensa situación vivida ente la Universitat de Valencia y la Generalitat. Teniendo presente el Estatuto de autonomía de la Comunidad Valenciana de 1982, donde se la reconoce como una comunidad bilingüe, la Universitat intentó modificar sus estatutos, incluyendo un punto de los estatutos (el 167.4), por el cual «quien obtenga una plaza (de profesor) tendrá que someterse, en su caso, a las evaluaciones del conocimiento de las lenguas oficiales en la Universitat de Valencia» (García, «Consell»).

    El 8 de enero de 1998, el rector de la Universitat, Pedro Ruiz, envió a la entonces directora general de Enseñanzas Universitarias, Carmen Mar-torell, el acuerdo aprobado por el claustro de la Universitat el 24 de noviembre de 1997 sobre la reforma de los estatutos (García, «tsj»).

    Sin embargo, la Generalitat decidió no publicar las modificaciones en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, algo imprescindible para su validez (Caballer). El presidente de la Generalitat adujo que el punto 167.4Page 125era inconstitucional porque obligaba a los docentes a conocer la lengua autonómica (Caballer). La respuesta de la Asamblea General de la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (crUe) no se hizo esperar. En un comunicado aseveraba que «la actitud del Gobierno valenciano impide el ejercicio del derecho fundamental a la autonomía universitaria reconocido en el artículo 27.10 de la Constitución» (Caballer). Por su parte, la Universitat presentó el 22 de febrero de 2000 un escrito al jefe del Ejecutivo en el que otorgaba quince días al Consell para emitir un certificado acreditativo del silencio administrativo que aprobara la modificación de los estatutos (García, «tsj»).

    Finalmente, la GeneralItat publicó el 19 de abril de 2000 la modificación de los estatutos de la Universitat propuesta por el equipo rectoral de la misma, pero vetó el punto de la discordia. La Generalitat consideró que no quedaban claros los efectos de no superar la prueba de idiomas, con lo que se creaba una «inseguridad jurídica» que podía ser, como se ha comentado más arriba, inconstitucional (García, «Consell»).

    Con este punto el equipo rectoral de la Universitat pretendía paliar la carencia de clases en valenciano. La estructura modular del actual plan de estudios dificulta la organización de líneas en valenciano, de tal modo que lo anunciado en el plan de estudios no se cumple al no haber docemes que puedan impartir las clases en la lengua autóctona (García, «Consell»). Por este motivo, la Universitat acordó en mayo de este año que en todos los módulos con más de un grupo, uno de ellos se imparta en la lengua autóctona y además estableció que los departamentos tienen que garantizar el cumplimiento de la oferta (García, «Consell»).

    Queda por ver cómo afectará la decisión de la Generalitat a la demanda de clases de valenciano en la Universitat. En enero del 2000, es decir, meses antes de que estallara el conflicto, la Universitat abrió expediente a una profesora de la Escuela de Magisterio Ausiàs March por no impartir la clase en valenciano, a pesar de que así estaba anunciado en la oferta académica del centro (García, «Universitat»). En marzo de 2001, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (tsj), obligaba a la Generalitat a publicar el artículo 167.4 en los Estatutos de la Universitat (García, «tsj»). La Sentencia se apoyaba en la Ley de reforma universitaria (lru), de 19S3, por la cual «transcurridos tres meses desde la fecha en que el proyecto de estatutos se hubiera presentado al consejo de Gobierno, sin que hubiese recaído resolución expresa, se entenderán aprobados» (García, «tsj»). Dicho de otro modo, el tsj negó la validez del veto al artículo 167.4 al considerar que éste ya había sido aprobado por silencio administrativo. Sin embargo, la Generalitat ya ha anunciado que recurrirá el fallo del tsj.

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    Este trabajo ha esbozado someramente las virtudes, pero también los defectos que caracterizan la educación bilingüe en la Comunidad Valenciana. Es loable el esfuerzo del Gobierno autonómico por aumentar el uso del valenciano entre los residentes de la Comunidad. Sin embargo, y a pesar de que cada vez más personas estudian esta lengua, aún persisten conflictos que atentan contra el espíritu de la legislación en esta materia. Es de esperar, pues, que con la ayuda de todos los colectivos y organismos implicados, el uso cooficial del valenciano en la Comunidad sea una realidad.

Trabajos citados

Arabí, Fernando, «Vacantes de siete especialidades y la eso se cubren sin exigir la lengua», Levante, 14 de octubre de 2000.

- «El síndic de greuges censura a Educación por no garantizar la "efectiva" enseñanza en valenciano», Levante, 14 de octubre de 2000.

C, A. y efe, «Escola Valenciana recuerda al conseller de Educación que debe garantizar el bilingüismo», Levante, 6 de octubre de 2000.

Caballer, Neus, «Los rectores acusan a Zaplana de violar la autonomía de la Universidad de Valencia», El País, 10 de abril de 2000.

Cabanillers, G., «Los obispos valencianos preparan un nuevo catecismo a petición de Juan Antonio Reig», Levante, 20 de octubre de 2000.

- «Los obispos no editarán los catecismos en valenciano hasta que la avi. dicte unas normas», Levante, 21 de octubre de 2000.

Dirección General de Política Lingüística, Encuesta sobre l'ús del valencia. 7 tomos. Valencia: Generalitat Valenciana, 1992.

Ducajú, Maite, «Educación anuncia que el 87 % de los maestros ha adquirido la competencia lingüística», Levante, 3 de febrero de 2000.

- «Extranjeros en las aulas: la matrícula de alumnos de otros países en los centros de Valencia se ha duplicado», Levante, 13 de octubre de 2000.

El Bloc reclama una reforma educativa para poder atender a los inmigrantes

, Levante, 18 de octubre de 2000.

Etxeberria Arostegui, Maitena, El bilingüismo en el Estado español, Bilbao, Fbv, 1995.

Europa Press, «La Conselleria asegura que hay 132.000 alumnos que estudian en valenciano», Levante, 14 de octubre de 2000.

García, Alfons, «La Universitat abre expediente a una profesora por no enseñar en valenciano», Levante, 18 de enero de 2000.

- «Frenazo a la enseñanza», Levante, 9 de octubre de 2000.

- «La educación en valenciano no está regulada en la secundaria», Levante, 9 de octubre de 2000.

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- «El rectorado no puede satisfacer al 37 % de los alumnos que pide clases en valenciano», Levante, 9 de octubre de 2000.

- «El Consell veta la posibilidad de examinar de valenciano a los profesores», Levante, 9 de octubre de 2000.

-«El tsj obliga a la Generalitat a publicar el punto vetado en los estatutos de la Universitat», Levante, 15 de marzo de 2001.

Hernández, Marisol, «Saura denuncia la falta de formación de los: profesores de líneas en valenciano», Levante, 3 de octubre de 2000.

Ley 4/1983, de 23 de noviembre, de uso y enseñanza del valenciano.

M., J., y V., B., «El pacto por la educación exime del valenciano a los profesores especialistas», Diario Información, 11 de agosto de 2000.

Marco, Empar, «El Gobierno Zaplana obliga a diluir la catalanidad del valenciano en los libros», La Vanguardia, 30 de junio de 2000.

Raga, Concha, «En 1999 se editaron 1.118 libros en valenciano», Las Provincias, 10 de octubre de 2000.

Redondo, Eva, «La oposición acusa al obispo Reig Pía de ser un "enemigo del valenciano" y un "sectario"», Levante, 15 de octubre de 2000.

S., J. M., «Las apas exigen titulados en línea en valenciano», Diario Información, 1 de septiembre de 2000.

Triano López, Manuel, «Análisis de las actitudes lingüísticas hacia el valenciano por parte de los residentes en la Comunidad Valenciana», trabajo sin publicar (Indiana Boomington), 2000.

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