Editorial

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EL PARADIGMA PRODUCTIVO DE LA DESCENTRALIZACIÓN: LA SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS COMO FORMA DE ORGANIZACIÓN EMPRESARIAL

Hace ya mucho tiempo en que en el horizonte de las relaciones laborales está presente una forma de empresa muy diferente a aquella en la que se fundaba el Derecho del Trabajo como contraparte de un contrato laboral a la que se exigían un conjunto de responsabilidades derivadas del respeto a los estándares laborales fijados legal y colectivamente. Denominada de muchas maneras, la empresa fordista, integrada verticalmente, es sustituida por la empresa volátil, inmaterial, flexible, en red, un conjunto de unidades productivas medianas y pequeñas que se encadenan para lograr objetivos comunes a través de la contratación y subcontratación de servicios. La fragmentación del ciclo productivo de la empresa y su exteriorización mediante la contratación y subcontratación a otras empresas es el eje central de estas formas de organización productiva, que suele combinarse en un mercado global con la fragmentación de la cadena de producción a través de la decisión de trasladar la producción a otros países, es decir, combinando fenómenos de externalización y de deslocalización productiva más allá de las fronteras del Estado nacional. A este fenómeno no es ajeno tampoco -en ocasiones se superponen- las prácticas de interposición empresarial, es decir la cesión o préstamo de trabajadores que, considerado clásicamente como una patología del sistema de relaciones laborales que debía ser prohibida, resulta sin embargo legalizada a través de unas empresas especializadas en el prestamismo laboral -las ETTs- a las que la norma española -a partir de 1999, no obstante- rodea de ciertas cauciones.

El paradigma de la descentralización implica la externalización de segmentos de un ciclo de producción que se realiza bajo la dirección de una empresa, y ésta puede llevarse a cabo en un espacio externo a la empresa o, por el contrario, de manera interna en las propias dependencias y centros de trabajo de la entidad empresarial que organiza la contratación de servicios, acrecentando por consiguiente el control directo de esta prestación de servicios por la propia empresa comitente. Esta descentralización interna es el marco típico de la contratación y subcontratación por parte de la empresa, tanto de trabajos complementarios o auxiliares a la actividad principal -como los servicios de limpieza, vigilancia, seguridad, cafetería, o determinados...

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