La reforma de la prelación de créditos (Comentarios al Proyecto de Ley sobre concurrencia y prelación de créditos en caso de ejecuciones singulares)

AutorM.ª Fernanda Moretón Sanz.
CargoProfesora de Derecho Civil. UNED
Páginas864-869

LASARTE ÁLVAREZ, Carlos (Coord.); LÓPEZ PELÁEZ, Patricia; YÁÑEZ VIVERO, Fátima: La reforma de la prelación de créditos (Comentarios al Proyecto de Ley sobre concurrencia y prelación de créditos en caso de ejecuciones singulares), Cuadernos de Derecho Registral, Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, Madrid, 2007, 323 pp.

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El Profesor Lasarte Álvarez, en el prólogo de la obra que ahora se comenta, auguraba lo que a su juicio parecía el futuro más inmediato del Proyecto de Ley 121/000098 sobre concurrencia y prelación de créditos en caso de ejecuciones singulares. En particular y visto el estado de la tramitación parlamentaria en el mes de julio de 2007 -fecha en que los coautores de este volu-Page 865men concluían la redacción final del trabajo-, anticipaba a los lectores que no sería la legislatura 2004-2008 la que tendría la fortuna de aprobar este texto normativo1. Con todo y dada su relevancia socioeconómica así como la laguna pendiente de regulación, debería ser retomada de forma inmediata su tramitación. Recuérdese que la propia disposición adicional trigésimo tercera de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal instaba al Gobierno, la remisión, en el plazo de seis meses desde su entrada en vigor, a las Cortes Generales de un proyecto de ley reguladora de la concurrencia y prelación de créditos en ejecuciones singulares.

A estos elementos sobre la conveniencia de la aprobación de una Ley reguladora de la concurrencia y prelación de créditos, se añade el nuevo ciclo económico que, según los indicadores, resulta ser aparentemente recesivo, con directas consecuencias e implicaciones en materia de incumplimiento de relaciones patrimoniales. Esta cuestión da más fuerza a que las reflexiones, comentarios y críticas que esta obra plantea deban ser estimadas en el debate parlamentario que precederá a la futura Ley de concurrencia y prelación.

Si ya hemos señalado el acierto con que el prólogo describe esta obra, otro de los aspectos recogidos en él no resulta fácilmente aceptable pese al ejercicio de humildad académica que lo ilumina. No se trata de una obra menor, sino al contrario un trabajo universitario, reflexivo, crítico, directo y sintético, cualidades que hacen más que recomendable no sólo su lectura sino que sea el propio legislador el que recoja el «guante» de las rectificaciones que deberían ser incorporadas al texto de la futura Ley. Este trabajo tendrá aún más utilidad si cabe, ya que cumplirá entonces la Universidad y sus investigadores con una de las encomiendas básicas consistente, en este caso, en la mejora del conjunto del ordenamiento jurídico, sin perjuicio de que los muchos aciertos del Proyecto 121 deban ser reproducidos en la inmediata ley que se reclama.

En cuanto a los autores, destacamos en primer lugar al Profesor Carlos Lasarte Álvarez, Catedrático y Director del Departamento de Derecho civil de la UNED, Vicepresidente de la Comisión Internacional del Estado Civil y Vocal Permanente de la Comisión General de Codificación, extremos que sumados a las múltiples publicaciones previas a ésta2 así como las que después han seguido (vid., entre otras últim., «Crisis financiera estadounidense, tercero hipotecario y seguridad inmobiliaria: la STC 6/2008 y la reciente doctrina del TS», La Ley, XXIX, 6.899, 2008, pp. 1 a 8) dan una medida del rigor que avala la obra que se comenta. Coautoras también son otras dos Profesoras del Departamento de Derecho civil de la UNED, discípulas y pupilas del Prof. Lasarte, tal y como se recoge en el prólogo que firma.

En particular y en cuanto a la Profesora Titular de Derecho civil de la UNED, Patricia López Peláez cabe destacar su trabajo y línea de investigación en materia de preferencias, avalada por la publicación de otros volúmenes y artículos en revistas de impacto3. Caso también de la Profesora Contra-Page 866tada Doctora Fátima Yáñez Vivero, experta en Concurso de Acreedores y partícipe en diversos Proyecto de Investigación4 y autora de varios artículos en la materia5.

Señalada la importancia y acierto del tema estudiado (difícil donde los haya), la experiencia y rigor curricular de sus autores garantiza el resultado final de la publicación. En particular y en cuanto a la estructura de la obra, hay que destacar la clarificadora sistemática elegida, ya que se presenta en cuatro capítulos al que se añade un anexo donde se transcribe el texto del proyecto y se cierra con una bibliográfica que recoge un selecto repertorio de las publicaciones más relevantes en la materia. Como decimos cuatro son núcleos...

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