La hipoteca global (La determinabilidad del crédito garantizado), de Encarna Cordero Lobato

AutorFrancisco Corral Dueñas
Páginas642-644

    CORDERO LOBATO, ENCARNA: La hipoteca global (La determinabilidad del crédito garantizado). Centro de Estudios Registrales del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España. Madrid, 1997. Un tomo de 258 págs.

El principio de especialidad, que es uno de los más característicos de nuestro sistema registral, en cuanto que la publicidad requiere una clara determinación de los derechos que se inscriben, incide de modo especial en la hipoteca, tal como puede verse en el artículo 12 de la Ley Hipotecaria y en los demás artículos que la regulan.

La razón es bien sencilla en cuanto que se trata de publicar erga omnes cuál es el crédito asegurado, para que todos sepan sin dudar hasta dónde llega la carga impuesta sobre la finca.

Page 643Por eso la siempre cuidadosa calificación de los Registradores se agudiza, más aún si cabe, ante los pactos cada vez más alambicados que inventan las entidades de crédito para proteger sus operaciones y de ahí la frecuencia de notas adversas, con los consiguientes recursos sobre la materia.

Uno de los supuestos que se han presentado son las llamadas un tanto peyorativamente, pero de modo gráfico, hipotecas flotantes o sumideros, que vienen a ser como un enorme saco sin fondo en que se suelen acumular una multitud de obligaciones variopintas e indeterminadas en el intento de incluirlas bajo el manto protector de una hipoteca única, aunque sea global en su contenido.

El tema fue tratado en vanos trabajos por nuestro recordado compañero Juan Manuel Rey Portolés, que hizo un concienzudo estudio, inicialmente crítico, pero llegando después a admitir algunas soluciones permisivas.

Ahora aborda el tema bajo términos muy completos en este interesante libro, estupendamente escrito, la Doctora Encarna Cordero Lobato, Profesora Titular de Derecho Civil de la Universidad de Castilla-La Mancha, mi tierra, quien es conocida de nuestros lectores porque hace poco le hicimos en estas páginas la recensión de su Tesis Doctoral sobre el crédito refaccionario. En dicha Tesis defendía la idea de que no estaba justificado el privilegio del acreedor refaccionario si éste, pudiendo asegurar su crédito de otro modo, no lo hizo. Según decía su propio Director en el prólogo, la doctoranda, ya Doctora, defendía su idea con una cierta dosis de atrevimiento, pero con una buena información y tratándola con un buen grado de profundidad, lo que justificaba suficientemente su postura.

Aquí, al estudiar la hipoteca global, ha...

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