Derecho en movimiento

AutorEva Elizabeth Martínez Chávez
Páginas264-293
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DERECHO EN MOVIMIENTO
Sin duda, los juristas españoles exiliados en México fueron un medio para
“trasplantar” la ciencia jurídica europea en el país que les brindó asilo y desde
éste, en muchos casos, lograr una irradiación a gran parte de América Latina
y Estados Unidos, lugar en el que se asentaron varios estudiosos del derecho
españoles y de otras nacionalidades, como la alemana, austriaca o francesa,
con los que se buscó mantener un diálogo, muchas veces iniciado en Europa
antes del exilio. Desde luego que el “trasplante” se dio a través de diversos
medios, como los seminarios de investigación, las cátedras universitarias, las
traducciones, la obra original, la difusión por medio de revistas, congresos,
conferencias y cursos especiales.
Como ya se mencionó, el “trasplante” de los seminarios en México se dio
después de que los exiliados conocieran esta forma de trabajo en Alemania
y la implementaran en España; posteriormente, al llegar a México buscaron
que se establecieran en las diversas instituciones en las que colaboraron como
profesores o investigadores. Con las traducciones de autores europeos –clá-
sicos y contemporáneos a los juristas españoles– se dio un enriquecimiento
de la cultura jurídica mexicana y americana, ya que los interesados tuvieron
la oportunidad de conocer las teorías y postulados de estos pensadores en su
propia lengua.
Por otra parte, tenemos la labor de difusión que se desarrolló a través de
los institutos de investigación de la UNAM y de los Centros de Estudios de El
Colmex. En ambas iniciativas encontramos la participación decisiva de ju-
ristas exiliados. Cabe mencionar que estas instituciones publicaron y difun-
dieron obras escritas por pensadores europeos, pero incluyendo ya trabajos
de autores americanos, sin dejar de ser un vehículo para publicar textos de
españoles exiliados en los diversos países americanos. Las Jornadas del CES
del Colmex dio espacio para publicar textos de Francisco Ayala,1 José María
Ots Capdequí2 –exiliado en Colombia– y Jesús Prados Arrarte, exiliado en
Francia, Argentina, Londres y Estados Unidos.3.
Entre las actividades del IDC de la UNAM encontramos la publicación
de su órgano de difusión, el Boletín del Instituto de Derecho Comparado de
1 Francisco Ayala, Ensayo sobre la libertad, 1944.
2 José María Ots Capdequí, El siglo XVIII español en América, 1945.
3 Jesús Prados Arrarte, El plan inglés para evitar el desempleo, 1944.
ESPAÑA EN EL RECUERDO, MÉXICO EN LA ESPERANZA
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México. En el primer número del Boletín se puede apreciar la participación
de los exiliados, no sólo en la parte directiva sino colaborando con trabajos
doctrinales como Las comunicaciones por correo, telégrafo, teléfono y radio,
en el derecho procesal comparado de Niceto Alcalá-Zamora, y -
ción del cobrador de un cheque nominativo, de Joaquín Rodríguez. También
contiene, este Boletín,
entre las que incluyen el folleto titulado El derecho comparado como dog-
mática jurídica, de Enrique Martínez Paz, director del Instituto de Derecho
Comparado de la Universidad de Córdoba, Argentina, publicado por la Im-
prenta Universal, en Córdoba, el año de 1946, y Le probleme de l’enfance
delinquante. L’enfant devant la loi et la Justice penales, publicado por el Ins-
tituto de Derecho Comparado de la Universidad de París, en 1947. Asimismo,
textos publicados en Estados Unidos fueron publicitados por este medio, en-
tre ellos Trust Receipt. The Variations in Their Legal Status,4 y The Mod-
ern Corporation and Private Property.5
El siguiente número sigue las líneas marcadas por el primero, la parte de
Doctrina corrió a cargo de Joaquín Rodríguez, quien escribió el Estatuto Jurí-
; Antonio Aguilar, autor
del texto El contrato preparatorio o la promesa de contrato; y Niceto Alcalá-
Zamora, Ley de organización judicial y Código de Procedimiento Civil de la
Ciudad del Vaticano.6 En el caso de Alcalá-Zamora se aprecia el conocimien-
to de la legislación italiana, país al que le dedicó largas horas de estudio, tanto
a la parte legislativa como a la doctrina, abarcando lo que se producía en Italia
como las aportaciones de los italianos distribuidos por varios países a raíz de
la persecución racial. El análisis de los dos primeros números del menciona-
do Boletín basta para ilustrar la lógica y contenido de esta publicación.
Otra revista que puede dar testimonio de la colaboración que se dio entre
mexicanos y españoles es la Revista de la Escuela Nacional de Jurispruden-
cia, un medio efectivo para difundir el conocimiento jurídico, aquel manu-
facturado en América latina y el que llegaba principalmente desde el conti-

general José Castillo Larrañaga, director de la Escuela. La dirección técnica
4 George B. McGowan, Trust Receipt. The variations in their legal status, 1947.
5 Adolf. A. Berle Jr. y Gardiner Means, The Modern Corporation and Private Prop-
erty, 15ª imp., 1947. Véase en Boletín del Instituto de Derecho Comparado de México,
núm. 1, 1948.
6 Boletín del Instituto de Derecho Comparado de México, núm. 2, 1948.

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