Derecho a la asistencia sanitaria

AutorAlfonso Ortega Giménez - Modesta Salazar Agulló
Páginas112-115

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DERECHO A LA ASISTENCIA SANITARIA

EN GENERAL Mediante la denominada "Tarjeta Solidaria" la Generalitat Valenciana pretende ofrecer cobertura sanitaria a los extranjeros que se encuentren en la Comunidad Valenciana, no procedentes de la Unión Europea, ni de países con convenios de colaboración en materia sanitaria (Andorra, Brasil, Chile, Ecuador, Paraguay, Perú y Marruecos), que carezcan de recurso económicos suficientes.
La tarjeta sanitaria sólo da derechos sanitarios (prestaciones sanitarias, médico de cabecera, especialistas, y gastos farmacéuticos, entre otros); no tiene ninguna consecuencia a efectos de obtener una autorización de residencia y/o de trabajo, ni se puede trabajar sin ella, ni se pueden realizar actos ante las Oficinas de Empleo ni ante la Tesorería General de la Seguridad Social.
NORMATIVA BÁSICA APLICABLE - Artículo 12 de la Ley de Extranjería.
Decreto 26/2000, de 22 de febrero, del Gobierno Valenciano, por el que se establece el derecho a la asistencia sanitaria a ciudadanos extranjeros en la Comunidad Valenciana y se crea la Tarjeta Solidaria (DOGV nº 3697 de 28/2/00).
¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITARLO? Podrán solicitarlo, en cualquier momento:
Los extranjeros que se encuentren empadronados en la Comunidad Valenciana.
Los que no se encuentren empadronados, mientras normalizan su situación

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administrativa, sólo en los casos de urgencias, accidentes o enfermedad grave.
Los extranjeros menores de edad y las mujeres embarazadas, independien-temente de su situación administrativa.
¿CÚALES SON LOS REQUISITOS PARA LA SOLICITUD? El extranjero deberá presentar, además de la preceptiva solicitud de acceso a la asistencia sanitaria pública, documentación acredi-tativa de su estancia en España y de la falta de recursos económicos; en particular, los siguientes documentos:
Fotocopia del pasaporte.
Certificado de empadronamiento.
Certificado negativo de deuda con Hacienda.
¿DÓNDE SE PUEDE SOLICITAR INFORMACIÓN? Las personas interesadas deberán dirigirse y entregar la documentación requerida:
Al trabajador social de los Centros de Salud.

ASISTENCIA SANITARIA EN ELCHE Y PEDANIAS TARJETA SANITARIA

EN GENERAL El Departamento de Salud nº 19 de la Consellería de Sanitat i Consum es el responsable de los recursos sanitarios para los ciudadanos residentes en las localidades de Elche, Crevillente y Santa Pola.
¿CÓMO SE OBTIENE LA TARJETA SANITARIA? El trabajador social de los Centros de Salud
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