Delitos de lesiones

AutorManuel Jaén Vallejo - Ángel Luis Perrino Pérez
Cargo del AutorMagistrado - Fiscal
Páginas87-89

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En materia de lesiones no ha habido grandes cambios, ya que finalmente no se ha llevado a cabo el cambio radical previsto en el anteproyecto para la materia.

Efectivamente tanto el anteproyecto, como el proyecto (antes de pasar por su trámite parlamentario) establecían en el art. 147 la supresión de los criterios del tratamiento médico o quirúrgico/primera asistencia facultativa, para distinguir el delito del delito leve res-

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pectivamente, y por el contrario se pretendía que dicha distinción se hiciera atendiendo a la gravedad del medio empleado y el resultado producido.

En relación con esta cuestión hay que tener claro que los conceptos "tratamiento médico o quirúrgico" y "primera asistencia facultativa" ya están perfectamente consolidados en nuestro derecho penal, y que al margen de la propia definición que contiene el tipo, están perfectamente delimitados por la jurisprudencia, que es pacífica en ese extremo, por lo que introducir nuevos conceptos indeterminados afectaría claramente a la seguridad jurídica, provocando de inicio previsiblemente innumerables recursos ante resoluciones dispares que se dictarían en supuestos idénticos. Nos encontraríamos, en definitiva, ante la necesidad de que dichos conceptos fueran perfilados de nuevo por nuestro más alto tribunal.

Se ha argumentado que con el sistema que preveía el anteproyecto se evitaría la emisión preceptiva y sistemática del informe por parte del médico forense, afirmación que puede ser rebatida, a nuestro juicio, con el argumento de que dicho informe sería un documento básico para valorar la entidad o gravedad de las lesiones, por lo que se continuaría solicitando, sin obviar, que seguiría siendo imprescindible de cara a cuantificar la responsabilidad civil derivada del delito, esto es, la indemnización que corresponde a la víctima en cada caso (días impeditivos, no impeditivos, días de hospitalización, secuelas, etc.).

En otro orden de cosas, en el apartado primero se refunden los...

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