Decisiones y sentencias

AutorCMS Albiñana & Suárez de Lezo
El TPI reduce las multas impuestas al cártel de los tubos de acero sin soldadura

En su sentencia de 8 de julio, el TPI decidió reducir en 13 millones de euros las multas impuestas por la Comisión a 8 fabricantes -4 europeos y 4 japoneses- de tubos de acero sin soldadura y de tubos utilizados en la industria del petróleo. Mediante decisión de diciembre de 1999, la Comisión sancionó a las empresas con una multa de 99 millones de euros por haber participado en un cártel - Club Europa-Japón- que establecía, entre otras cosas, el respeto de sus respectivos mercados nacionales en relación con los tubos de sondeo (OCTG) roscados estándar y lineppe proyecto sin soldadura entre 1990 y 1995. En su investigación, la Comisión también confirmó que los productores europeos habían celebrado acuerdos anticompetitivos en relación con la venta de OCTG lisos en el mercado británico. No obstante, decidió no imponer sanciones adicionales tras considerar que dichos acuerdos eran un mero instrumento para asegurar la aplicación del acuerdo del Club Europa-Japón. El TPI resolvió reducir las multas impuestas a las empresas japonesas al considerar que la Comisión no había tenido en cuenta el hecho de que habían participado en el cártel durante un período menor que las europeas (finales de 1990 a julio de 1994). Asimismo, el TPI señaló que al no tener en cuenta la segunda infracción de los fabricantes europeos al fijar el importe de la sanción, la Comisión había sancionado distintas situaciones de la misma forma. A fin de remediar este tratamiento desigual entre las empresas europeas y las japonesas, el TPI decidió reducir el importe de la multa de cada uno de los fabricantes japoneses en un 10%.

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