La Decisión Marco 2002/475/JAI del Consejo de la Unión Europea, de 23 de junio, sobre la lucha contra el terrorismo. Modificaciones operadas por la Decisión Marco 2008/919/JAI del Consejo, de 28 de noviembre

AutorEnrique Agudo Fernández - Manuel Jaén Vallejo - Ángel Luis Perrino Pérez
Cargo del AutorMagistrado - Magistrado - Fiscal
Páginas69-73

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En el contexto arriba descrito, y ante la ausencia de una Directiva de terrorismo, resulta necesario centrarse en dos Decisiones Marco del Consejo de la Unión Europea, que se han constituido como auténticos referentes para las más recientes modificaciones legislativas de los Estados miembros sobre la materia.

El punto de partida de la Decisión Marco 2002/475/JAI del Consejo es la idea de que la Unión Europea se basa en los valores universales de la dignidad humana, la libertad, la igualdad y la solidaridad, así como el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, teniendo por lo tanto como fundamento el principio de la democracia y el principio del Estado de Derecho, principios que son comunes a los Estados miembros, resaltando que el terrorismo constituye precisamente una de las violaciones más graves de estos principios.

Por lo que respecta a su articulado, relaciona los siguientes delitos terroristas:

Artículo 1 Delitos de terrorismo y derechos y principios fundamentales.

  1. Todos los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para que se consideren delitos de terrorismo los actos intencionados a que se refieren las letras a? a i? tipificados como delitos según los respectivos Derechos nacionales que? por su naturaleza o su contexto? puedan lesionar gravemente a un país o a una organización internacional cuando su autor los cometa con el fin de:

    - intimidar gravemente a una población? obligar indebidamente a los poderes públicos o a una organización internacional a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo?

    - o desestabilizar gravemente o destruir las estructuras fundamentales políticas? constitucionales? económicas o sociales de un país o de una organización internacional

    1. atentados contra la vida de una persona que puedan tener resultado de muerte;

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      b) atentados graves contra la integridad física de una persona

    2. secuestro o toma de rehenes

    3. destrucciones masivas en instalaciones gubernamentales o públicas, sistemas de transporte, infraestructuras, incluidos los sistemas informáticos, plataformas fijas emplazadas en la plataforma continental, lugares públicos o propiedades privadas, que puedan poner en peligro vidas humanas o producir un gran perjuicio económico

    4. apoderamiento ilícito de aeronaves y de buques o de otros medios de transporte colectivo o de mercancías

    5. fabricación, tenencia, adquisición, transporte, suministro o utilización de armas de fuego, explosivos, armas...

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