Crisis familiar y derecho de uso de la vivienda familiar. Análisis crítico de la jurisprudencia española y propuestas de lege ferenda

AutorGemma Minero Alejandre
CargoProfesora Contratada Doctora Interina de Derecho Civil UAM
Páginas133-168
Crisis familiar y derecho de uso de la vivienda familiar. Análisis crítico de la jurisprudencia española... 133
RJUAM, n.º 42, 2020-II, pp. 133-168ISSN: 1575-720-X
CRISIS FAMILIAR Y DERECHO DE USO DE LA VIVIENDA
FAMILIAR. ANÁLISIS CRÍTICO DE LA JURISPRUDENCIA
ESPAÑOLA Y PROPUESTAS DE LEGE FERENDA
*
END OF THE MARRIAGE AND RIGHT TO USE THE FAMILY HOME.
CRITICAL ANALYSIS OF SPANISH CASE LAW. SOME LEGE FERENDA
PROPOSALS
G M A
**
Resumen: En este trabajo se estudia la regulación y aplicación de la fi gura del derecho de uso de
la vivienda familiar tras la crisis matrimonial. En particular, se analizan los parámetros a tener
en cuenta por el juzgador en su decisión sobre la atribución del derecho de uso, en función de
su existen o no hijos comunes menores, y se da cuenta de la insufi cie ncia de la normativa actual
para acomodarse a situaciones de custodia compartida. Se analiza la jurisprudencia española más
reciente sobre el derecho de uso y el concepto de deudor de los gastos generados por la vivienda
familiar sobre la que existe el derecho de uso de un excónyuge y los hijos menores comunes.
Se valoran ciertas propuestas de lege ferenda, que mejoren la regulación contenida en el actual
artículo 96 CC, tanto en la atribución del derecho de uso como en su extinción, pasando por la
regulación de la identidad del sujeto pasivo de los gastos generados por la vivienda familiar mien-
tras dure el derecho de uso. Se busca dar una solución global y equilibrada, que tenga en cuenta
la idiosincrasia de la sociedad española actual y la frecuente modifi cación de las condiciones de
vida de los excónyuges tras la crisis familiar. La propuesta tiene en cuenta el desequilibrio que
de facto genera la atribución del derecho de uso de la vivienda familiar –generalmente automá-
tica con la asignación de la custodia de los hijos comunes– cuando esta es propiedad única del
excónyuge no custodio.
Palabras clave: vivienda familiar, crisis matrimonial, derecho de uso, hijos menores comunes,
alimentos, impuestos, gastos de comunidad, gastos extraordinarios.
Abstract: This paper provides an analysis of regulation and case law dealing with the right to live
in the family home after the termination of marriage. It focuses on the parameters to be taken into
account by the judge when deciding about the right to live in the family house and it highlights
the insu ciency of current Spanish law to balance the circumstances in case of joint custody.
This paper analyses some lege ferenda proposals, with the aim of improving current article 96
of the Spanish Civil Code. We propose the regulation of some parameters to decide about the
attribution and end of the right to live in the family house as well as the identity of the debtor of
the family house expenses. Thus, in an attempt to fi nd a global and balanced solution, which takes
into account the features of Spanish society and the frequent modifi cations of ex-spouses’ life
https://doi.org/10.15366/rjuam2020.42.005
Fecha de recepción: 19 de marzo de 2020
Fecha de aceptación: 18 de mayo de 2020
** Profesora Contratada Doctora Interina de Derecho Civil UAM. Correo: gemma.minero@uam.es
GEMMA MINERO ALEJANDRE
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after
the end of marriage. Every proposal has dealt with the imbalance produced in those cases
where the right to live in the family home is allocated to the ex-spouse that has the guardianship
of common children from the marriage when that person is not the only proprietor or is not one
of the proprietors of that house. In that situation, the real proprietor of the house has neither the
guardianship of the children nor the right to live in the family house.
Keywords: family home, end of the marriage, right to live in the home, minor children, mainte-
nance, taxes, service fee, extraordinary expenses.
S: I. A MODO DE INTRODUCCIÓN. LA CRISIS FAMILIAR Y EL DERECHO DE USO
DE LA VIVIENDA FAMILIAR; II. LO QUE DICE Y LO QUE NO DICE EL ART. 96 CC;
III. NATURALEZA DEL DERECHO DE USO DE LA VIVIENDA FAMILIAR Y FIGURAS
AFINES; IV. VALORACIÓN INICIAL DEL ART. 96 CC A LA LUZ DE LA JURISPRUDEN-
CIA MÁS RECIENTE Y DE LAS PROPUESTAS DE MODIFICACIÓN NORMATIVA; V.
CAUSAS DE FINALIZACIÓN DEL DERECHO DE USO DE LA VIVIENDA FAMILIAR;
VI. EL SUJETO PASIVO DE LOS IMPUESTOS Y OTROS GASTOS GENERADOS POR
LA VIVIENDA FAMILIAR; VII. CONCLUSIONES; VIII. BIBLIOGRAFÍA.
I. A MODO DE INTRODUCCIÓN. LA CRISIS FAMILIAR Y EL DERECHO
DE USO DE LA VIVIENDA FAMILIAR
El derecho de uso de la vivienda familiar tras la crisis familiar no es un tema nove-
doso1. Hablamos en este punto de crisis familiar, y no meramente de crisis matrimonial,
1 Entre los autores que han estudiado esta fi gura podemos citar los siguientes: BENAVENTE MOREDA,
P., «Problemas derivados de la atribución de la vivienda familiar por sentencia de separación, nulidad o divorcio
al cónyuge no titular del derecho arrendaticio sobre la misma», Anuario de Derecho Civil, 1988, II; CUENA
CASAS, M., «Uso de la vivienda familiar en situación de crisis matrimonial y compensación al cónyuge
propietario», Revista de Derecho Civil, 2014, Vol. I, núm. 2, pp. 9 a 39; y, de esta misma autora «Régimen
jurídico de la fvivienda familiar», en Tratado de Derecho de la familia, tomo III, Madrid (Thomson-Aranzadi),
2011, pp. 275 y ss.; ELORRIAGA DE BONIS, F., Régimen jurídico de la vivienda familiar, Pamplona
(Aranzadi), 1996; ESPIAU ESPIAU, S., La vivienda familiar en el ordenamiento jurídico civil español,
Barcelona (Promociones y Publicaciones Universitarias), 1992; GIL MEMBRADO, C., La vivienda familiar,
Madrid (Reus), 2013; GARCÍA CANTERO, G., «Comentario al artículo 96», en Comentarios al Código Civil
y Compilaciones Forales, Madrid (Editoriales de Derecho Reunidas), 1982, tomo II, pp. 406 y ss., así como
la anterior edición comentada por SANCHO REBULLIDA, F. A.; GOÑI RODRÍGUEZ DE ALMEIDA, M.,
«La vivienda familiar en caso de custodia compartida. Sus implicaciones en el Derecho de cosas», Revista
Crítica de Derecho Inmobiliario, núm. 736; y, de esta misma autora, «La especial naturaleza del derecho de
uso de la vivienda familiar y su inscripción en el Registro», Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, núm.
710, 2008, pp. 2518-2524; LÓPEZ BREA MARTÍNEZ, M. C., «El derecho de uso de la vivienda familiar
en los supuestos de custodia compartida y tras la liquidación del patrimonio ganancial», en El Derecho de
familia ante la crisis económica. La liquidación de la sociedad legal de gananciales, Madrid (Dykinson), 2010;
LUQUE JIMÉNEZ, M. M., La atribución del derecho de uso de la vivienda familiar en situaciones de crisis
matrimonial, Madrid (Colegio de Registradores Mercantiles y de la Propiedad de España), 2012; MARTÍN
MELÉNDEZ, M. T., «Fundamento de la atribución del uso de la vivienda familiar al esposo no titular y de
su privación al titular en los casos de separación, divorcio y nulidad de matrimonio», en Libro homenaje
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con el objetivo de plasmar el principio de no discriminación entre hijos matrimoniales y
extramatrimoniales consagrado en el art. 39.2 CE. De ahí que las soluciones propuestas
en este estudio serán extensibles por analogía a supuestos de ruptura de parejas de hecho y
uniones more uxorio estables no formalizadas en las que existan hijos comunes menores2.
Este trabajo se formula desde la perspectiva del Derecho común, si bien se analizan en
paralelo algunos rasgos del Derecho civil catalán, con el objetivo de presentar propuestas
de mejora del actual art. 96 CC3.
Las consecuencias patrimoniales que la ruptura de la pareja conlleva son innegables
toda vez que donde antes existió un único hogar o residencia, tras la crisis de pareja, separa-
ción, divorcio o nulidad matrimonial habrá de haber –al menos– dos. El nivel de litigiosidad
sobre el derecho de uso de la vivienda familiar es elevado, pues es poco probable que antes
de incoar el procedimiento de separación, divorcio o nulidad las partes hayan extinguido
el régimen de copropiedad o liquidado la sociedad de gananciales que pudiera existir en
algunos casos, con la correspondiente adjudicación de este bien inmueble, en caso de ser
un bien de naturaleza ganancial. Habitualmente, esto no sucede hasta después de dictarse
la sentencia de separación, divorcio o nulidad.
La novedad de este estudio radica en el análisis de la jurisprudencia nacional más
reciente dictada por el Tribunal Supremo, que se ha encargado de resolver algunas de las
dudas surgidas al tratar de aplicar el Derecho vigente a situaciones de hecho que aún no han
sido reguladas de forma específi ca, a pesar de ser frecuentes en la sociedad española actual.
Se busca ofrecer una potencial respuesta jurídica que aporte un elevado nivel de jus-
ticia material y tenga en cuenta que la vivienda familiar sobre la que se genera el derecho
de uso tras la crisis matrimonial puede ser un bien ganancial de ambos excónyuges, pero
al profesor Manuel Albaladejo García, Madrid (Servicio de Publicaciones de la Universidad de Murcia y
Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España), vol. 2, 2004, pp. 3099-3116; y, de esta
misma autora, Criterios de atribución del uso de la vivienda familiar en las crisis matrimoniales, Navarra
(Civitas), 2005; MORALEJO IMBERNÓN, N., «La vivienda familiar en situaciones de crisis matrimonial»,
Revista xurídica galega, núm. 33, 2001, pp. 91-119; PINTO ANDRADE, C., «La atribución judicial de la
vivienda familiar y su temporalización existiendo hijos menores de edad: actuales líneas jurisprudenciales y
doctrinales», Actualidad Civil, núm. 21, 2012; SALAZAR BORT, S., La atribución del uso de la vivienda
familiar en las crisis matrimoniales. Amplio estudio jurisprudencial, Pamplona (Aranzadi), 2001; SANTOS
MORÓN, M. J., «La atribución del uso de la vivienda familiar en caso de custodia exclusiva de un cónyuge:
evolución jurisprudencial y anteproyecto de reforma», Revista de Derecho Civil, vol. 1, núm. 3, 2014, pp. 1 a
36; y TAMAYO CARMONA, J.A., Protección jurídica de la vivienda habitual de la familia y facultades de
disposición, Pamplona (Aranzadi), 2003, pp. 90-104.
2 Véanse las SSTS núm. 687/2004, de 7 julio (RJ 2004\5105) y núm. 221/2011, de 1 abril (RJ 2011\3139).
3 No se analizan, sin embargo, otros textos de Derecho civil autonómico existentes en los que se recogen
normas diferentes sobre el derecho de uso de la vivienda familiar, como el art. 81 del Código del Derecho
Foral de Aragón; y la Ley vasca 7/2015, de 30 de junio, de relaciones familiares en supuestos de separación
o ruptura de los progenitores. Un estudio de las soluciones aportadas por los legisladores autonómicos puede
encontrarse en VERDERA IZQUIERDO, B., «Estudio de los últimos postulados referentes a la atribución del
uso de la vivienda familiar. La “necesidad de vivienda”», InDret, núm. 1, 2016.

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