El controvertido apartado e) del artículo 5 de la LAU una exclusión condicionada

AutorJosé María Botello Hermosa
CargoAsesor jurídico. Doctorando
Páginas821-843
Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 766, págs. 821 a 843 821
El controvertido apartado e)
del artículo 5 de la LAU.
Una exclusión condicionada
The controversial section 5e)
of the Urban Leasing Act
(of the LAU). A conditional exclusion
por
JOSÉ MARÍA BOTELLO HERMOSA
Asesor jurídico. Doctorando
RESUMEN: En este artículo vamos a exponer las principales consecuencias
que se derivan de la inclusión del nuevo apartado e) en el artículo 5 de la LAU,
el referente a las exclusiones, que comienza a tener su máxima relevancia en
nuestros días, concretamente a raíz de la proliferación de los alquileres turísti-
cos y de su regulación en las distintas Comunidades Autónomas. Sin embargo,
aunque pudiera parecer prima facie la exclusión de un tipo concreto de arren-
damientos, veremos cómo existen importantes condicionantes que la matizan.
ABSTRACT: In the present article, we will study the main consequences
resulting from the inclusion of the new paragraph e) of article 5 of the LAU,
the one regarding the exclusions, which is becoming increasingly relevant es-
pecially nowadays, as a result of the proliferation of the holiday rentals and its
regulation in the different Autonomous Communities. However, even if it may
seem, prima facie, to be the exclusion of a particular type of leases, we will
see how it is qualified by important factors that must be taken into account.
José María Botello Hermosa
822 Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 766, págs. 821 a 843
PALABRAS CLAVE: Ley de Arrendamientos Urbanos. Alquiler turístico.
Arrendamiento vacacional. Habitualidad.
KEY WORDS: Spanish Urban Rental Law. Holiday rental. Regularity.
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN.— II. UNA APROXIMACIÓN A LOS
ARRENDAMIENTOS VACACIONALES COMO PRINCIPALES AFECTA-
DOS DE LA EXCLUSIÓN DEL APARTADO E): 1. los arrendamientos VaCa-
Cionales. 2. diferentes arrendamientos Celebrados por periodos VaCaCionales
exCluidos de los CalifiCados «arrendamientos vacacionales»: A) Los contratos
complejos. Especial mención al contrato de hospedaje. B) Los contratos de
aprovechamiento por turno o alquileres vacacionales por turno: La mal llama-
da «multipropiedad», o también conocido como «timesharing». C) El alquiler
turístico.—III. APARTADO E), ARTÍCULO 5 DE LA LAU: 1. anteCedentes.
2. elementos fundamentales: A) Que exista una cesión temporal de uso de la
totalidad de la vivienda. B) Que la vivienda esté amueblada y en condiciones
de uso inmediato. C) Que sea comercializada o promocionada en «canales de
oferta turística». D) Que se realice con finalidad lucrativa. E) Que esté regu-
lado por un régimen específico derivado de su normativa sectorial. 3. ¿arren-
damientos VaCaCionales o alquileres turístiCos?—IV. CONCLUSIONES.
—V. BIBLIOGRAFÍA.
I. INTRODUCCIÓN
El 6 de junio de 2013 entraba en vigor la Ley 4/2013, de 4 de junio, de
medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas, con
la finalidad de, como bien se refleja en el nombre, buscar nuevos mecanismos de
flexibilización y dinamización de un mercado inmobiliario caracterizado por una
alta tasa de propiedad y, especialmente, de un débil mercado del alquiler, con
las consiguientes implicaciones negativas que ello conlleva para la economía,
tanto en la movilidad de trabajadores como en la existencia de un gran número
de viviendas en propiedad vacías y sin ningún uso ni beneficio.
En efecto, esta circunstancia es la que motiva la existencia de esta Ley,
que viene a modificar una serie de preceptos de la Ley 29/1994, de 24 de
noviembre, de Arrendamientos Urbanos, como un mecanismo para cambiar y
dinamizar la situación, a través de la búsqueda del justo equilibrio entre las
necesidades de vivienda en alquiler y las garantías que deben ofrecerse a los
arrendadores para su puesta a disposición del mercado arrendaticio. De entre los
principales aspectos que se modifican, tales como el régimen jurídico aplicable,
reforzándose la libertad de pactos y la autonomía de la voluntad de las partes,

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